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Importante: Aun si las cortes están cerradas puede haber una forma para pedir una orden de protección y recursos de emergencia. Vea las Cortes y el COVID-19.
Información Legal: Maryland
Actualizada:
10 de noviembre de 2020¿Contra quién puede un juez emitir una orden de protección por riesgo extremo?
Un/a juez/a puede dar una orden de protección por riesgo extremo contra una persona conocida como el/la demandado/a.1 El/la demandado/a debe ser un peligro presente e inmediato de causarse daño a sí mismo/a, a usted, o a otros/as, al tener armas de fuego.2 El/la demandado/a puede ser un/a adulto/a o un/a menor.3
1 CódigoMD, Seguridad Pública § 5-601(f)
2 Código MD, Seguridad Pública § 5-605(c)
3 Sitio web de la Corte de Maryland
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