¿Cuál es la definición legal de "violencia doméstica o sexual" bajo esta ley?
En Hawái, violencia doméstica o sexual puede ser cualquiera de las siguientes cosas:
- maltrato doméstico;
- agresión sexual; o
- acecho.1
Agresión sexual incluye:
- agresión sexual en 1er, 2do, 3er y 4to grado;
- agresión sexual continua de un/a menor de menos de catorce años;
- exposiciones deshonestas; e
- incesto.2
Acecho se define como un patrón de comportamiento que incluye que la persona agresora haga repetidamente cualquiera de las siguientes cosas:
- vigilarle;
- acercarse a usted;
- seguirle; o
- amenazarle.2
Las amenazas pueden ser escritas, habladas o insinuadas (implícitas). El comportamiento debe estar específicamente dirigido a usted, y ser los suficientemente significativo para que una “persona razonable”:
- sufra angustia emocional significativa; o
- tenga miedo de sufrir o que una persona cercana sufra daño corporal, agresión sexual o la muerte.2
El comportamiento debe asustarle realmente, o causarle angustia emocional sustancial.2
1 Haw. Rev. Stat. §§ 378-71; 586-1
2 Haw. Rev. Stat. § 378-71




