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Información Legal: General

Confidencialidad

Leyes actualizadas al
27 de abril de 2023

Confidencialidad

Muchas personas saben que las conversaciones con su abogado/a generalmente son protegidas bajo las leyes que garantizan el “privilegio entre abogados/as y clientes/as”. Básicamente esto significa que el/la abogado/a tiene la obligación de mantener privadas y confidenciales todas las comunicaciones orales y escritas con su cliente/a (con algunas excepciones). Pero, lo que podría ser menos conocido es que muchos estados también tienen leyes que les proporcionan un privilegio similar a víctimas de violencia doméstica o sexual y a los/las intercesores/as que les ayudan aunque no sean abogados/as. Entonces, si una víctima de abuso está hablando con un/a intercesor/a en una línea de crisis, en un programa local de violencia doméstica o en un albergue, es posible que el/la intercesor/a también tenga que mantener privadas y confidenciales sus comunicaciones y conversaciones. Pero, hay excepciones – como por ejemplo cuando el/la intercesor/a es un/a “denunciante obligatorio/a” para el maltrato de menores y sospecha que hay maltrato de menores, cuando el/la intercesor/a recibe una citación de un/a juez/a para divulgar la información a la corte, y otras excepciones.

En el menú desplegable de arriba puede encontrar información sobre las leyes de confidencialidad entre víctimas e intercesores/as que no son abogados/as para algunos estados.

Además, hay recursos sobre las leyes de confidencialidad en el sitio web de Seguridad Tecnológica de NNEDV. Muchos de los recursos allí fueron escritos para intercesores/as pero pueden ser útiles para víctimas de abuso también.