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Custodia

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Leyes actualizadas al 8 de agosto de 2025

Paso 3: Fechas judiciales preliminares

El próximo paso en el proceso de custodia es tener audiencias “preliminares” en la corte. Preliminar significa introductorio o preparatorio. En su estado, estas fechas pueden tener un nombre distinto, como “primera comparecencia”, “conferencia de estatus” u otro término similar. Estas audiencias permiten abordar ciertos asuntos en las primeras etapas del caso. Algunos de los asuntos que podrían tratarse son:

  • problemas con la notificación;
  • referidos a mediación;
  • órdenes temporales de custodia y visitación; y
  • mociones antes del juicio.

Durante esta etapa, el/la juez/a (canciller) usualmente dará órdenes temporales de custodia y visitación que estarán vigentes mientras el caso continúe. El/la canciller puede incluir protecciones en una orden de visitación para mantenerle a usted y a su hijo/a seguros/as. En algunos casos, el/la canciller puede asignar un/a tutor/a ad litem o un/a abogado/a para el/la menor.

Para más información que puede ayudarle a prepararse para las audiencias judiciales preliminares, vaya a La primera comparecencia en nuestra sección Antes del juicio.