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Información Legal: Wisconsin

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
14 de diciembre de 2023

Paso 5: Notificación

El/la secretario/a de la corte de circuito le pasará a el/la alguacil (sheriff) cualquier orden de restricción temporal, interdicto u otro documento o notificación que se le deba entregar a el/la demandado/a y se supone que el/la alguacil le notifique a el/la demandado/a. (O usted puede decidir usar un/a notificador/a privado por cuenta propia.)1 Sin embargo, sigue siendo su responsabilidad el asegurarse que el/la agresor/a sea notificado/a. El VINELink de Wisconsin puede ayudarle a monitorear el estatus de la notificación. Es posible que tenga que dar la información de contacto, como la dirección de la casa o el trabajo, de el/la agresor/a para que la policía o el/la alguacil pueda encontrarle. No intente notificarle usted a el/la agresor/a.

Si el/la demandado/a no recibe la notificación de la audiencia, la misma puede ser pospuesta si usted lo pide. Sin embargo, si usted no puede notificarle a el/la agresor/a porque él/ella está evitándole (por ejemplo, escondiéndose de el/la alguacil), usted puede presentar un afidávit en la corte explicando todos los intentos que se hicieron para entregar la notificación. En ese punto, el/la juez/a o el/la comisionado/a de la corte de circuito puede permitir que usted le notifique a el/la demandado/a a través de una publicación en un periódico y enviándole una copia por correo o fax a el/la demandado/a si sabe o puede averiguar su dirección o número de fax.2 (Nota: La opción de notificar a través de la publicación le aplica solamente a los interdictos por maltrato doméstico y acoso.)3 Puede hablar con el/la secretario/a de la corte o con alguien en una organización de violencia doméstica para intentar conseguir ayuda con la notificación a través de una publicación. Vea WI Intercesoras y Albergues.

Nota: Asegúrese de conseguir evidencia escrita de la policía de que la orden de restricción fue notificada ya que la corte le pedirá esa evidencia en la audiencia. Es su responsabilidad contactar a el/la alguacil (sheriff) para asegurarse que los documentos fueron entregados.2 La evidencia de la notificación es especialmente importante si el/la agresor/a no se presenta a la corte.

Puede encontrar más información sobre el proceso de notificación en nuestra sección Preparándose para la Corte – Por su Cuenta, en la sección ¿Qué es una notificación y cómo la llevo a cabo?

1 Wis. Stat. § 813.12(6)(ag)1
2 Wis. Stat. §§ 813.12(2)(a); 813.125(2)(a)
3 Wis Stat. §§ 813.25(3)(d); 813.122(2); 813.123(2)(a)