Misisipi: Custodia
Custodia
Información básica y definiciones
¿Qué es la custodia?
La custodia es la responsabilidad legal sobre el cuidado y control de un menor de 18 años. La corte puede darle la custodia a uno o a ambos padres. Existen dos tipos de custodia: legal y física.
La custodia física se refiere a los periodos de tiempo durante los cuales el menor vive con uno de los padres o cuando ese/a padre/madre es responsable de su cuidado.1
La custodia legal se refiere a los derechos y las responsabilidades de toma de decisiones relacionados con la salud, educación y bienestar de el/la menor.2
1 Miss. Code § 93-5-24(5)(b)
2 Miss. Code § 93-5-24(5)(d)
¿Qué tipos de custodia hay?
Después de considerar el mejor interés de el/la menor, el/la juez/a (canciller) puede ordenar uno o más tipos de arreglos de custodia.
| Si el/la canciller le otorga… | Entonces, eso significa que… |
|---|---|
| custodia física compartida | cada uno de los padres tiene:
|
| custodia legal compartida |
los padres comparten el derecho y la responsabilidad de tomar decisiones sobre la salud, educación y bienestar de el/la menor. Nota: Los padres que tienen la custodia legal compartida deben compartir información sobre su hijo/a entre ellos. También tienen que comunicarse y trabajar juntos al tomar decisiones importantes.2 |
| custodia física y legal compartida | los padres comparten tanto el cuidado de el/la menor como los derechos de toma de decisiones. Esto también se conoce como “custodia compartida”.3 |
| custodia física exclusiva | el/la menor vive con uno de los padres la mayoría del tiempo, pero puede tener visitas con el/la otro/a.4 |
| custodia legal exclusiva | uno de los padres tiene el derecho y la responsabilidad de toma de decisiones respecto a la salud, educación y bienestar de el/la menor.5 |
El/la canciller puede elegir cualquier combinación de estos arreglos que considere mejor para su hijo/a. Entonces, por ejemplo, podría otorgar:
- la custodia física y legal exclusiva a uno de los padres;
- la custodia física compartida a ambos padres y la custodia legal exclusiva a uno; o
- la custodia física exclusiva a uno de los padres y la custodia legal compartida a ambos.6
1 Miss. Code § 93-5-24(5)(c)
2 Miss. Code § 93-5-24(5)(e)
3 Miss. Code § 93-5-24(1)(a), (5)(a)
4 Vea Miss. Code § 93-5-24(1)(d), (5)(b); vea también Cox v. Moulds, 490 So. 2d 866, 870 (Miss. 1986) (sosteniendo que un/a padre/madre que no tiene la custodia, presuntamente tiene derecho a visitación nocturna con los/as menores durante tiempos razonables)
5 Vea Miss. Code § 93-5-24(1)(d), (5)( d)
6 Miss. Code § 93-5-24(1)(b), (1)(c), (1)(d)
¿El juez (canciller) siempre otorgará la custodia compartida?
Si usted obtiene una orden temporal o final de custodia después del 1 de julio de 2026, el/la juez/a (canciller) asumirá que la custodia compartida y el tiempo de crianza igualmente compartido son en el mejor interés de su hijo/a.1 Esta suposición se conoce como una “presunción controvertible”. Si usted no está de acuerdo con esta presunción, puede intentar cambiar la opinión de el/la canciller. Para hacer esto, puede presentar pruebas de que:
- usted y el/la otro/a padre/madre han llegado a un acuerdo sobre todos los asuntos relacionados con la custodia;
- la ausencia, enfermedad mental, abuso de sustancias u otras circunstancias similares de el/la otro/a padre/madre no están en el mejor interés de su hijo/a;
- el/la otro/a padre/madre tiene un historial de violencia familiar;
- el/la otro/a padre/madre es un/a ofensor/a sexual registrado/a;
- el/la otro/a padre/madre está bajo la custodia del Departamento de Corrección de Misisipi; o
- hay algún otro factor relevante que el/la canciller deba saber. Nota: El/la canciller debe decidir que la información ofrecida por usted es importante (material) antes de que pueda usarla para decidir qué está en el mejor interés de su hijo/a.2
Si el/la canciller decide otorgar custodia compartida y tiempo de crianza igualmente compartido, creará un horario de crianza. El horario hará dos cosas:
- maximizar el tiempo que usted y el/la otro/a padre/madre tiene con su hijo/a; y
- asegurar que se cumpla con el mejor interés de su hijo/a.1
Nota: La ley de Misisipi dice que esta presunción controvertible no aplicará a las modificaciones de las órdenes de custodia.3 Vaya a Si ya hay una orden de custodia, ¿cómo puedo cambiarla? para más información sobre cómo cambiar una orden.
1 Miss. Code § 93-5-24(2)(a)
2 Miss. Code § 93-5-24(2)(b)
3 Miss. Code § 93-5-24(2)(e)
¿En qué corte puedo presentar mi caso de custodia?
En Misisipi, solo la corte de cancillería tiene el poder (la jurisdicción) para tomar decisiones sobre asuntos de derecho de familia.1 Todos los casos de custodia deben presentarse en la corte de cancillería. El/la juez/a que vea su caso se llamará canciller.2 Puede aprender más sobre los diferentes tipos de cortes que hay en su estado en la Asociación de Abogados de Misisipi.
1 MS Const. Art. 6, § 159; vea también Miss. Code § 93-5-7
2 Vea Miss. Code § 9-5-1
¿Cuáles son algunas ventajas y desventajas de obtener una orden de custodia?
Hay muchas razones por las cuales algunas personas deciden no solicitar la custodia. Algunos padres deciden no solicitar una orden de custodia porque no quieren involucrar a la corte. Otros padres llegan a un acuerdo informal que funciona para ellos. Algunos padres temen que comenzar un caso en la corte provocará a el/la otro/a padre/madre. Es posible que les preocupe que el/la otro/a padre/madre luche para que le den más derechos de custodia y visitación de los que le hacen sentir cómodo/a.
Aunque el/la otro/a padre/madre no se relacione actualmente con su hijo/a, es posible que se involucre cuando se comience un caso en la corte. Además, si el/la otro/a padre/madre lucha por la custodia, es posible que el caso se extienda por un largo tiempo. Esto puede ser agotador emocional y financieramente. Cuando usted va a corte por un caso de custodia, el/la canciller considerará muchos aspectos de su vida personal. Por ejemplo, el/la canciller puede examinar su salud mental, algún expediente criminal, problemas de abuso de sustancias y sus relaciones. Puede que prefiera mantener estos asuntos privados.
Por otro lado, una orden de custodia puede establecer cuáles son los derechos legales de cada padre, lo cual puede ser beneficioso. Una orden de custodia puede darle el derecho legal de tomar decisiones sobre su hijo/a y el derecho legal de que su hijo/a viva con usted. Sin una orden, es posible que ambos padres compartan estos derechos legales, aun si uno de los padres cuida a el/la menor diariamente. La excepción a esto es cuando
la paternidad no se ha establecido legalmente. Sin embargo, si usted solicita la custodia, el/la otro/a padre/madre también puede solicitar estos derechos. Si usted y el/la otro/a padre/madre no están de acuerdo, el/la canciller decidirá cuál arreglo de custodia es el más adecuado para su hijo/a.
¿Cómo se establece la paternidad?
Hay varias maneras de establecer la paternidad legal en Misisipi.
Si los padres estaban casados cuando el/la menor fue concebido/a o nació, la paternidad se establece automáticamente.1
Si los padres no estaban casados cuando el/la menor fue concebido/a o nació, entonces deberán hacer algunas cosas para establecer la paternidad. Esto se puede hacer de las siguientes maneras:
- involuntariamente – cuando cualquiera de los padres o el Departamento de Servicios Humanos de Misisipi presenta una demanda para establecer la paternidad, solicitando que la corte ordene una prueba de ADN;2 o
- voluntariamente – si ambos padres están de acuerdo sobre quién es el padre de el/la menor, pueden firmar un reconocimiento jurado de paternidad y presentarlo ante la Oficina de Estadísticas Vitales del Departamento de Salud del Estado de Misisipi.3
1 Vea el sitio web de la Asociación de Abogados de Misisipi; vea también Miss. Code § 93-9-28(1)
2 Miss. Code § 93-9-21
3 Miss. Code § 93-9-28(1)
Quién puede tener custodia y visitación
¿Puede un padre que ha cometido violencia tener custodia o visitación?
Antes de que un/a juez/a (canciller) pueda usar la violencia familiar como un factor en un caso de custodia, primero tendrá que probar lo que ha ocurrido. El/la canciller puede determinar que hay un historial de cometer violencia familiar si:
- un incidente de violencia familiar le ha causado lesiones corporales graves; o
- ha habido un patrón de violencia familiar contra usted, un familiar o un miembro de su hogar.1
Si el/la canciller encuentra que uno de los padres tiene un historial de cometer violencia familiar, asumirá que no es en el mejor interés de el/la menor que ese/a padre/madre tenga la custodia exclusiva, o la custodia legal y física compartida.1 Esta suposición se conoce como una “presunción controvertible”, que significa que el/la padre/madre maltratante puede presentar evidencia para intentar cambiar la opinión de el/la canciller.
Para tomar esta decisión, el/la canciller considerará varios factores, incluyendo si el/la padre/madre maltratante:
- ha demostrado que otorgarle la custodia física o legal exclusiva o compartida es en el mejor interés de su hijo/a. Esto podría deberse a su:
- ausencia;
- enfermedad mental;
- abuso de sustancias; o
- otra situación que afecte el mejor interés de su hijo/a;
- ha completado exitosamente un programa de tratamiento para personas agresoras, un programa de consejería para abuso de alcohol o drogas, o una clase de crianza a la que se le ordenó asistir;
- está en probatoria o libertad condicional;
- tiene una orden de restricción en su contra, y si ha cumplido o no con los términos y condiciones de la orden; y
- ha cometido otros actos de violencia doméstica.2
Un/a canciller también puede otorgarle visitación a el/la padre/madre maltratante si cree que usted y su hijo/a pueden ser protegidos/as mediante algunas restricciones en la orden de visitación. Para una lista de las protecciones que puede pedir, vea ¿Puede una orden de visitación ayudar a proteger a las víctimas de violencia doméstica?
1 Miss. Code § 93-5-24(9)(a)(i)
2 Miss. Code § 93-5-24(9)(a)(iii)
¿Puede un abuelo solicitar visitación?
En Misisipi, los abuelos de un/a menor solo pueden solicitar visitas ordenadas por la corte en pocas situaciones. Pueden presentar su petición de visitación si:
- le otorgan la custodia a solo uno de los padres;
- se terminan los derechos parentales de uno de los padres;
- uno de los padres muere; o
- el/la abuelo/a ha establecido una “relación viable” con su hijo/a, y las siguientes dos cosas son ciertas:
- uno de los padres o su tutor/a se niega irrazonablemente a la visitación; y
- el/la canciller cree que la visitación sería en el mejor interés de su hijo/a.1
Una “relación viable” significa que el/la abuelo/a ha:
- ayudado a mantener a su hijo/a financieramente durante al menos seis meses;
- visitado regularmente a su hijo/a, incluyendo visitas ocasionales de pasar la noche, durante al menos un año; o
- cuidado de su hijo/a durante un periodo significativo de tiempo mientras uno de los padres estaba de servicio militar o en la cárcel.2
1 Miss. Code § 93-16-3(1), (2)
2 Miss. Code § 93-16-3(3)
¿Se pueden terminar los derechos parentales de la persona agresora?
En Misisipi, los derechos parentales pueden ser terminados por diversas razones, algunas de las cuales están relacionadas con la violencia doméstica o el abuso sexual. Los derechos parentales podrían ser terminados si el/la otro/a padre/madre:
- no está cubriendo las necesidades de su hijo/a, incluyendo comida, ropa, albergue o cuidado médico;
- no está comunicándose con su hijo/a ni visitándole;
- ha sido maltratante o negligente, y esto ha hecho que a su hijo/a le desagrade;
- sufre de alcoholismo u otra adicción a las drogas, y no ha completado el tratamiento exitosamente;
- ha sido maltratante hacia su hijo/a o hacia otro/a menor, y tener contacto futuro con ese/a padre/madre no es deseable;
- ha sido declarado/a culpable de cualquiera de las siguientes ofensas contra cualquier menor:
- violación;
- agresión sexual;
- tocar sexualmente a un/a menor con la intención de lascivia;
- explotación de un/a menor (según se describe en las secciones 97-5-31 a la 97-5-37);
- agresión física o maltrato grave de un/a menor;
- relaciones carnales con un/a hijastro/a o hijo/a adoptivo/a, o el/la hijo/a de un/a pareja con la que vive; o
- trata de menores; o
- ha sido declarado/a culpable de:
- asesinato u homicidio involuntario de su hijo/a;
- ayudar, incitar, intentar o solicitar, o conspirar para cometer asesinato u homicidio voluntario de su hijo/a;
- agresión grave que resultó en “lesiones corporales graves” a su hijo/a.1
Si está considerando terminar los derechos de el/la otro/a padre/madre, la ley de Misisipi dice que podría presentar el caso por su cuenta.2 Sin embargo, es posible que antes quiera hablar con un/a abogado/a de Misisipi para que le aconseje. Estos casos pueden ser complicados y difíciles de ganar. Si el/la otro/a padre/madre no puede pagar un/a abogado/a, la corte le asignará uno/a. Su hijo/a también puede tener un/a abogado/a, pero usted no.3 Además, es posible que quiera preguntarle a un/a abogado/a cómo terminar los derechos de el/la otro/a padre/madre podría afectar los derechos legales de su hijo/a. Por ejemplo, su hijo/a podría perder el derecho a heredar bienes o recibir manutención de menores.
1 Miss. Code § 93-15-121
2 Miss. Code § 93-15-107(1)(a)
3 Miss. Code §§ 93-15-107(1)(c); 93-15-113(2)(b)
Establecer la custodia y los derechos de visitación
¿Cómo tomará el canciller una decisión sobre la custodia?
El/la juez/a (canciller) considerará muchos factores para decidir lo que está en el mejor interés de su hijo/a, incluyendo:
- la edad, salud y sexo de su hijo/a;
- cuál de los padres proporcionó la mayor parte del cuidado diario de su hijo/a antes de la separación;
- cuál de los padres tiene las mejores capacidades de crianza;
- cuál de los padres tiene la disposición y capacidad de proveer la mayor parte del cuido de el/la menor;
- el trabajo, la estabilidad laboral y las responsabilidades laborales de cada uno de los padres;
- la edad y la salud física y mental de cada uno de los padres;
- los vínculos afectivos entre los padres y el/la menor;
- la “aptitud moral” de cada uno de los padres;
- el historial de el/la menor en su casa, escuela y comunidad;
- los deseos de su hijo/a, si tiene la edad suficiente para expresar su opinión;
- la estabilidad del entorno del hogar de cada uno de los padres; y
- cualquier otro factor relevante.1
1 Albright v. Albright, 437 So. 2d 1003 (Miss. 1983)
¿Puede una orden de protección ayudar a proteger a las víctimas de violencia doméstica?
Si el/la juez/a (canciller) determina que el/la otro/a padre/madre cometió violencia doméstica o familiar, solo permitirá que ese/a padre/madre visite si es seguro para usted y su hijo/a. Para ayudar a que eso suceda, el/la canciller puede incluir algunas condiciones en su orden.
Estas son algunas de las cosas que podrían ordenarse para protegerle a usted y a su hijo/a:
- los intercambios solo se harán en un lugar seguro;
- no habrá visitas para pasar la noche.
- solo visitas supervisadas, y si la supervisión cuesta dinero, la persona agresora pagará una tarifa para ayudar a cubrir los costos;
- la persona agresora debe completar un programa de intervención para personas agresoras u otro tipo de consejería antes de que las visitas puedan comenzar;
- la persona agresora no puede tomar alcohol ni usar drogas durante las visitas ni durante las 24 horas antes de que comience una visita;
- la persona agresora debe pagar una fianza para el regreso seguro de su hijo/a;
- su dirección o la de su hijo/a debe mantenerse confidencial; o
- cualquier otra condición que el/la canciller considere necesaria para mantenerle seguro/a a usted, a su hijo/a o a otro familiar o miembro del hogar.1
El/la canciller decidirá qué condiciones específicas ordenar según los hechos de su caso.
1 Miss. Code § 93-5-24(9)(d)
¿Debo comenzar un caso en la corte para pedir visitación supervisada?
Si le preocupa dejar a su hijo/a solo/a con la persona agresora, podría considerar pedirle a el/la juez/a (canciller) que ordene visitas supervisadas. Sin embargo, hay mucho que considerar al decidir si esta es la opción adecuada para usted.
Generalmente, las visitas supervisadas solo se ordenan por un corto periodo de tiempo, pero eso puede ser diferente dependiendo de dónde vive y quién sea su canciller. El/la canciller podría ordenar que un/a profesional supervise las visitas, o podría hacer que un familiar u otra persona conocida de cualquiera de los padres acepte estar presente durante las visitas para “vigilar” las cosas. Si la persona que está supervisando le dice a el/la canciller que las visitas están yendo bien, podrían dejar de ser supervisadas. Al final del caso, es posible que se le permita a el/la otro/a padre/madre visitar con más frecuencia y por más tiempo de lo que lo hacía antes de que fuera a la corte. Incluso podrían darle alguna forma de custodia.
Si ya está en corte porque el/la padre/madre maltratante solicitó visitación o custodia, podría tener sentido pedir visitas supervisadas si tiene una buena razón para hacerlo. Eso dependerá de su situación.
Sin embargo, si no hay un caso judicial en proceso, es buena idea hablar con un/a abogado/a antes de iniciar un caso para solicitar visitas supervisadas. Según lo que esté ocurriendo en su caso, un/a abogado/a local puede explicarle:
- lo que necesita probar para obtener visitas supervisadas; y
- cuánto tiempo podría durar la supervisión.
Si su hijo/a está en peligro inmediato por parte de la persona agresora, es posible que necesite iniciar un caso para solicitar la custodia y visitas supervisadas para protegerle. Para determinar qué es lo mejor en su situación, puede buscar consejo legal usando nuestra página Encontrando a un abogado en Misisipi.
Pasos para solicitar la custodia
Cosas que debe considerar antes de solicitar
Antes de solicitar la custodia en la corte, puede considerar llegar a un acuerdo extrajudicial (fuera de la corte) con el/la otro/a padre/madre. A menudo, los padres tienen que ser flexibles en cuanto a la custodia y visitación para beneficio de el/la menor. Los padres que luchan por la custodia exclusiva pueden litigar en corte durante meses o años. Aun después de un acuerdo o un juicio, podrían terminar con algún tipo de orden de custodia compartida.
Sin embargo, a veces los padres tienen que luchar por la custodia exclusiva porque no pueden ponerse de acuerdo con el/la otro/a padre/madre. Es posible que usted tenga que solicitar la custodia si el/la otro/a padre/madre le está impidiendo ver a su hijo/a o usted teme por el bienestar de el/la menor. Si el/la otro/a padre/madre ha cometido violencia doméstica en su contra, es posible que intente mantener el poder y control sobre usted a través de el/la menor. Cuando ha habido violencia doméstica, usualmente la custodia compartida no es una buena opción por la diferencia de poder en la relación de los padres.
Tenga en cuenta que los casos de custodia pueden tardar mucho tiempo. Pasar por este proceso puede ser agotador emocional y financieramente, así que por favor haga lo que pueda para cuidarse. Si usted ha sufrido violencia doméstica, es posible que quiera contactar una organización local de violencia doméstica. Una persona intercesora allí puede apoyarle y ayudarle a hacer un plan de seguridad mientras está en la corte.
Para conocer más sobre este tema, puede ver nuestros videos de custodia, visitación y manutención de menores, donde explicamos conceptos legales y el proceso judicial. También puede leer más sobre asuntos de seguridad en la sección Asuntos de seguridad de nuestra página de asuntos básicos del sistema judicial.
En las siguientes secciones discutiremos los pasos que generalmente se toman durante el proceso de custodia. Para obtener información específica de cómo este proceso funciona en su condado y estado, puede que quiera contactar a un/a abogado/a local.
Paso 1: Prepararse para el caso
Conozca los tipos de custodia que están disponibles y cómo la violencia doméstica podría afectar la custodia en su estado. Piense en lo que va a pedir, lo que sería mejor para su hijo/a y lo que sería más seguro para ambos/as.
Puede prepararse para la corte recolectando evidencia que ayude a explicar por qué usted debería tener la custodia. Su evidencia debe estar relacionada con los “factores del mejor interés” que un/a juez/a considerará para determinar lo que es mejor para su hijo/a. Puede visitar ¿Cómo tomará el canciller una decisión sobre la custodia? para más información.
Los casos de custodia son complicados, así que es posible que quiera conseguir a un/a abogado/a. Si puede contratar a un/a abogado/a, puede usar esta lista de preguntas como guía al decidir a quién contratar. Si no puede contratar a un/a abogado/a, es posible que al menos quiera intentar conseguir una consulta gratis o a bajo costo para que le ayude a preparar una estrategia legal para su caso.
Paso 2: Presentar y hacer la notificación de la petición de custodia
El documento legal que comienza un caso de custodia se conoce como petición. Usted puede presentar su petición de custodia en la corte de cancillería. Generalmente, usted presentará su petición en el condado donde viva el/la menor.
La petición exacta que presentará dependerá de si usted está casado/a con el/la otro/a padre/madre de el/la menor, como puede ver en la siguiente tabla.
| Si usted y el/la otro/a padre/madre… | Entonces usualmente usted puede solicitar la custodia en… |
|---|---|
| están casados y se van a divorciar | el caso de divorcio. |
| están casados, pero no se van a divorciar | una petición de custodia por separado. |
| no están casados | una petición de custodia por separado, pero es posible que deba establecerse la paternidad legal antes de o durante el caso de custodia. |
A veces, personas que no son los padres también pueden solicitar derechos de custodia y visitación. Para averiguar cómo solicitar visitación si usted es uno de los abuelos, visite ¿Puede un abuelo solicitar visitación? o hable con un/a abogado/a.
Los formularios que necesitará para la petición de custodia están disponibles en la corte local. Muchos formularios también están disponibles en línea. Algunas cortes pueden tener un/a oficial de asistencia judicial u otro personal que puede ayudarle a llenar los formularios que necesita presentar. Sin embargo, el personal de la corte no puede aconsejarle ni representarle. Es mejor conseguir la ayuda de un/a abogado/a local para asegurarse de que tiene todos los formularios y que los llenó correctamente. Puede usar nuestras páginas Tribunales, Formularios judiciales y Encontrando a un abogado de Misisipi para encontrar la corte de su condado, los formularios y abogados/as locales.
Dependiendo de lo que esté pasando con el/la menor y el/la otro/a padre/madre, es posible que pueda pedir una orden de custodia temporal o de emergencia cuando presente su petición. Eso puede requerir presentarse ante el/la juez/a. Sin embargo, en la mayoría de los casos, simplemente presentará la petición y luego el/la secretario/a le dará una fecha para regresar a la corte algunas semanas o meses más tarde. Si el bienestar de su hijo/a está en peligro, asegúrese de mencionarlo en la petición y notificarlo a las autoridades locales según sea necesario. También puede ser posible solicitar una orden de protección y obtener la custodia temporal como parte de la orden de protección.
Después que presente su petición, deberá entregarle los documentos a el/la otro/a padre/madre. Esto se llama “notificación”, y hay reglas específicas de cómo hacerlo. Es posible que quiera preguntarle a el/la secretario/a cuáles son las instrucciones en su estado para notificarle a la otra parte.
Paso 3: Fechas judiciales preliminares
El próximo paso en el proceso de custodia es tener audiencias “preliminares” en la corte. Preliminar significa introductorio o preparatorio. En su estado, estas fechas pueden tener un nombre distinto, como “primera comparecencia”, “conferencia de estatus” u otro término similar. Estas audiencias permiten abordar ciertos asuntos en las primeras etapas del caso. Algunos de los asuntos que podrían tratarse son:
- problemas con la notificación;
- referidos a mediación;
- órdenes temporales de custodia y visitación; y
- mociones antes del juicio.
Durante esta etapa, el/la juez/a (canciller) usualmente dará órdenes temporales de custodia y visitación que estarán vigentes mientras el caso continúe. El/la canciller puede incluir protecciones en una orden de visitación para mantenerle a usted y a su hijo/a seguros/as. En algunos casos, el/la canciller puede asignar un/a tutor/a ad litem o un/a abogado/a para el/la menor.
Para más información que puede ayudarle a prepararse para las audiencias judiciales preliminares, vaya a La primera comparecencia en nuestra sección Antes del juicio.
Paso 4: Llegar a un acuerdo o ir a juicio
Hay dos maneras distintas en las que podría obtener una orden final de custodia:
- llegando a un acuerdo; o
- a través de un juicio.
Llegar a un acuerdo: En algunas situaciones, usted y el/la otro/a padre/madre podrían llegar a un acuerdo sobre las condiciones de vida de su hijo/a. Si el/la juez/a (canciller) lo aprueba, su acuerdo podría convertirse en la orden final de custodia. Esto podría permitirle mantener cierto nivel de control sobre el resultado y ayudarle a evitar el estrés y la incertidumbre de un juicio. Usted y el/la otro/a padre/madre podrían negociar un acuerdo por su cuenta, con la ayuda de sus abogados/as o a través de la mediación.
Ir a juicio: Si no pueden llegar a un acuerdo o si no es seguro para usted tratar directamente con el/la otro/a padre/madre, el próximo paso sería ir a juicio. En ese momento, el/la canciller tomará todas las decisiones sobre la custodia basadas en lo que el/ella entienda que es en el mejor interés de su hijo/a. Durante un juicio, usted o su abogado/a puede presentar evidencia e interrogar a el/la otro/a padre/madre. El/la otro/a padre/madre puede hacer lo mismo. Si se está representando a sí mismo/a, puede aprender más sobre cómo hacerlo en nuestra sección Durante la audiencia.
Paso 5: Opciones si no está de acuerdo con la orden
Si no está de acuerdo con la orden de el/la canciller, hay dos opciones legales que podría presentar, como una moción de reconsideración o una apelación.
- Una moción de reconsideración le pide a el/la canciller que tome una decisión diferente basándose en la ley o en nueva evidencia.
- Una apelación mueve el caso a una corte superior o de mayor rango y le pide a esa corte que revise la decisión de la corte inferior debido a un error de el/la canciller.
Si decide intentar una de estas opciones, es probable que deba presentar los documentos inmediatamente. Cada estado tiene un tiempo límite establecido para presentar estas acciones, que usualmente va de entre 10 y 60 días. Para conocer el límite de tiempo exacto para su caso, es posible que quiera preguntarle a un/a abogado/a en su estado.
También podría pedirle a el/la canciller que cambie su orden en el futuro si hay un “cambio sustancial de circunstancias” después que se haya decidido el caso. Puede hacer esto presentando una moción o petición para cambiar (modificar) la orden. Sin embargo, usualmente, esto solo se puede hacer bajo ciertas circunstancias. Aquí tiene algunos ejemplos de eventos que podrían considerarse cambios sustanciales de circunstancias:
- El/la otro/a padre/madre es encarcelado/a o acusado/a de maltrato o negligencia de menores;
- El/la otro/a padre/madre no está cumpliendo con la orden de custodia y visitación; o
- Las necesidades de su hijo/a cambian significativamente.
Después que hay una orden
Si hay una orden de custodia vigente, ¿cómo puedo modificarla?
Si usted ya tiene una orden de custodia, puede presentar una petición en la corte para hacerle cambios (modificarla). El/la juez/a (canciller) puede aceptar modificar la orden si considera que todas las siguientes cosas son ciertas:
- Desde que se dio su orden, ha habido un cambio significativo (material) de circunstancias en la casa de el/la padre/madre custodio;
- El cambio está afectando negativamente a su hijo/a en este momento, o hay una alta probabilidad de que lo haga en un futuro; y
- Sería en el mejor interés de su hijo/a modificar la orden de custodia.1
Si su hijo/a tiene al menos 12 años, puede tener la oportunidad de decirle a el/la canciller dónde quiere vivir. Aunque el/la canciller puede considerar la opinión de su hijo/a, no será lo único en lo que se basará su decisión.2
Si quiere modificar o terminar una orden de custodia compartida, la ley de Misisipi dice que el/la canciller puede conceder su solicitud si:
- ambos padres presentan una petición juntos; o
- uno de los padres presenta una petición y demuestra que ha habido un cambio material de circunstancias desde que se dio la orden final.3
Si quiere modificar una orden de visitación, deberá probar que:
- la orden actual no está funcionando; y
- cambiar la orden es en el mejor interés de su hijo/a.4
Las órdenes de visitación pueden modificarse sin evidencia de que ha habido un cambio material de circunstancias.5
Para modificar una orden de custodia o visitación, es probable que tenga que ir a la corte que dio la orden, incluso si se ha mudado. Generalmente, una vez que una corte tiene poder (jurisdicción) sobre un caso, esa corte mantendrá la jurisdicción, aunque usted se mude a otro estado. Si se ha mudado, puede pedirle a la corte que cambie la jurisdicción al nuevo estado en el que se encuentra.
Modificar una orden o cambiar de jurisdicción puede ser complicado. Al igual que con todos los asuntos de custodia, recomendamos que hable con un/a abogado/a. Visite nuestra página Encontrando a un abogado en Misisipi para encontrar asistencia legal.
1 McBride v. Cook, 858 So. 2d 160, 163 (Miss. Ct. App. 2003); vea también Martin v. Martin, 416 So.3d 988 (Miss. Ct. App. 2025)(hallazgo de cambio material de circunstancias, pero sin evidencia de efectos adversos en el/la menor; modificación denegada.)
2 Vea Best v. Hinton, 838 So. 2d 306 (Miss. Ct. App. 2002) para discusión sobre si la preferencia de un/a menor puede considerarse un cambio material de circunstancias por su cuenta.
3 Miss. Code § 93-5-24(6)
4 Cox v. Moulds, 490 So.2d 866, 869 (Miss.1986)
5 Sistrunck v. McKenzie, 455 So. 2d 768, 770 (Miss. 1984)
Si hay una orden de custodia vigente, ¿puedo mudarme con mis hijos?
Su orden de custodia generalmente tendrá reglas para su situación particular. Podría decir que necesita obtener permiso de el/la otro/a padre/madre o de el/la juez/a (canciller) antes de poder hacer cualquier cambio importante en la situación de vida de su hijo/a. Por ejemplo, podría ser un gran cambio si quiere:
- mudarse fuera del estado permanentemente;
- mudarse dentro del estado, pero lo suficientemente lejos como para que afecte el horario de visitas de el/la otro/a padre/madre; o
- cambiar a su hijo/a de escuela.
Es una buena idea obtener consejo legal de un/a abogado/a primero, incluso si el/la otro/a padre/madre está de acuerdo con que usted y los/as menores se muden. Si no tiene un/a abogado/a, puede visitar nuestra página Encontrando a un abogado en Misisipi para encontrar uno/a.
El otro padre sacó a los menores del estado sin mi permiso. ¿Qué puedo hacer?
Si el/la otro/a padre/madre cruzó fronteras estatales con su hijo/a, es posible que haya cometido un crimen. Podrían acusarle de lo que comúnmente se conoce como “interferencia de custodia” o “secuestro parental” si:
- hay una orden de custodia vigente y la persona sabía que salir del estado con su hijo/a violaría esa orden;
- la persona que se llevó a su hijo/a es un/a padre/madre sin custodia o algún otro familiar; y
- su hijo/a tiene menos de 14 años.1
Si esto es cierto en su situación, puede que decida:
- llamar a la policía local para informar lo que ha pasado;
- regresar a la corte que dio su orden de custodia e intentar hacerla cumplir; o
- hablar con un/a abogado/a de derecho de familia para obtener consejo legal sobre sus próximos pasos. Nuestra página Encontrando a un abogado en Misisipi puede ayudarle a comenzar.
Incluso si no cree que se haya cometido un delito, es posible que aún tenga algunas opciones. Es posible que pueda hacer cumplir su orden judicial existente o iniciar un nuevo caso de custodia si todavía no tiene una orden. Un/a abogado/a de Misisipi puede ayudarle a decidir qué hacer.
1 Miss. Code § 97-3-51
¿Puede el padre que no tiene la custodia tener acceso a los registros médicos, dentales y escolares de mi hijo?
En Misisipi, los padres tienen derecho a la información y los registros de sus hijos/as, incluso si no tienen la custodia. A menos que sus derechos parentales hayan sido terminados, los padres no custodios pueden tener acceso a los registros médicos, dentales y escolares de sus hijos/as. También pueden tener derecho a otros tipos de registros e información.1
1 Miss. Code §§ 93-5-24(8); 93-5-26
Si me mudo a otro estado, ¿puedo transferir mi caso de custodia allá?
Si usted y su hijo/a se mudan a otro estado, es posible que usted decida que es mejor transferir su caso de custodia a ese estado también. Para información sobre cómo solicitar la transferencia del caso de custodia al nuevo estado, visite la sección Transferir un caso de custodia a un estado diferente en nuestra página general de custodia.
Tenga en cuenta que a menudo los padres necesitan tener el permiso de la corte (el/la canciller) o de el/la otro/a padre/madre para mudar a sus hijos/as fuera del estado. Por favor, hable con un/a abogado/a antes de irse del estado. Es importante asegurarse de que sus planes de mudanza no violen su orden de custodia ni las leyes de secuestro parental de su estado.
¿Cómo afecta el despliegue militar de un padre sus derechos de custodia y visitación?
A veces, un/a padre/madre en el ejército puede necesitar mudarse temporalmente de casa como parte de su trabajo. Usaremos el término despliegue, pero esto también podría aplicar si el/la padre/madre se está mudando por deber temporal u otras órdenes de movilización.
Si el/la padre/madre que se despliega tiene la custodia física exclusiva o principal, el/la juez/a puede otorgar una orden temporal si:
- el/la padre/madre está siendo desplegado a un lugar lejano de su hogar; y
- el despliegue tiene un gran efecto en la capacidad de ese/a padre/madre para cumplir con sus responsabilidades de custodia.1
La orden temporal de custodia terminará dentro de los diez días siguientes al regreso de el/la padre/madre desplegado/a. La orden requerirá que:
- el/la padre/madre en despliegue le dé a el/la otro/a padre/madre la información oportuna de su calendario de licencia de despliegue; y
- el/la padre/madre no desplegado/a:
- hace que el/la menor esté “razonablemente disponible” para el/la padre/madre desplegado/a durante su licencia de despliegue; y
- ayude a que el/la menor se mantenga en contacto con el/la padre/madre desplegado mediante llamada telefónicas, videollamadas y correos electrónicos.2
Si el/la padre/madre que se despliega tiene derechos de visitación, algunos o todos los derechos de visitación se le pueden dar a un familiar si:
- el/la padre/madre será desplegado a un lugar lejano de su hogar;
- el despliegue tiene un gran efecto en su capacidad para usar sus derechos de visitación; y
- el/la familiar tiene una “relación cercana y sustancial” con el/la menor.3
Para estos propósitos, un “familiar” puede ser cualquier persona relacionada por sangre o matrimonio con el/la miembro del servicio. Esto puede incluir a un/a padrastro, madrastra, abuelo/a, tío/a o hermano/a adulto/a, entre otros/as.4
1 Miss. Code § 93-5-34(3)
2 Miss. Code § 93-5-34(3)(a), (3)(c)
3 Miss. Code § 93-5-34(4)
4 Miss. Code § 93-5-34(2)(d)




