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Información Legal: Maryland

Custodia

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Actualizada: 
27 de noviembre de 2023

¿Hay excepciones para la “regla de estado de origen”?

Hay dos excepciones principales para la regla de estado de origen (“home state rule”).  Por favor note que esto puede ser complicado y sugerimos fuertemente que hable con un/a abogado/a antes de radicar cualquier cosa – si hay dos estados envueltos, posiblemente desee consultar a un/a abogado/a en ambos.  Vaya a nuestra página MD Buscando un Abogado.  También puede seleccionar el otro estado del menú desplegable, para encontrar referidos legales en ese estado.

Primero, si no hay un estado de residencia o si el estado de residencia ha accedido a que otro estado tenga la jurisdicción, usted podría solicitar la custodia en otro estado si:

  • El/la menor y por lo menos uno de los padres o persona que actúa como encargada, tiene conexiones significativas con el estado; y
  • Hay evidencia importante en el estado sobre el cuidado, protección, educación y relaciones personales de el/la menor.1

Segundo, usted podría también solicitar la custodia temporal de emergencia en un estado que no sea el estado de residencia, si el/la menor está presente en el estado donde usted quiere radicar y por lo menos una de las siguientes es cierta:

  • El/la menor ha sido abandonado/a; o

La custodia de emergencia es necesaria para proteger a el/la menor porque éste/a, un/a hermano/a o uno de los padres de el/la menor, está sujeto a maltrato o a abuso, o ha sido amenazado/a con maltrato o abuso.2

1 Md. Code, Fam. Law § 9.5-201(a)(2); vea § 9.5-207 hasta 9.5-208
2 Md. Code, Fam. Law § 9.5-204(a)