No tengo una orden de restricción contra la persona agresora y no ha sido declarada culpable de un crimen. ¿Puede tener un arma de fuego?
Aunque la persona agresora no haya sido declarada culpable de un crimen y no tenga una orden de restricción en su contra, todavía podría ser ilegal que tenga un arma de fuego por otras razones. Según la ley de Rhode Island, una persona tampoco puede tener o comprar un arma de fuego si:
- es fugitiva de la justicia, lo que significa que la persona huyó de cualquier estado para evitar ser enjuiciada o testificar en cualquier caso criminal;1
- es mentalmente incompetente y está bajo tutela, tratamiento o confinamiento;2 o
- está en los EE. UU. ilegalmente (es “extranjera”).3
Para más información sobre las leyes de armas de fuego de Rhode Island, puede ir al sitio web del Centro Legal Giffords.
Además, las leyes federales que aplican a todos los estados pueden restringir el derecho de una persona agresora a tener un arma de fuego bajo otras circunstancias. Vaya a Leyes federales de armas de fuego para más información.
Si usted cree que la persona agresora tiene un arma de fuego cuando no debería tenerla, puede hablar con la policía o una persona intercesora de violencia doméstica. Para conocer más, vaya a Si creo que la persona agresora tiene un arma de fuego ilegalmente, ¿a quién se lo informo? y Me preocupa que la persona agresora tenga un arma de fuego o esté pensando conseguir una. ¿Qué puedo hacer para protegerme?
1 R.I. Gen. Laws §§ 11-47-5(a); 11-47-2(7)
2 R.I. Gen. Laws § 11-47-6
3 R.I. Gen. Laws § 11-47-7(a)
Me preocupa que la persona agresora tenga un arma de fuego o esté pensando conseguir una. ¿Qué puedo hacer para protegerme?
Cuando una persona agresora tiene un arma de fuego, es más probable que pueda hacerle daño o matar a otra persona.1 Así que, es importante que piense en su seguridad.
A veces, es posible que la persona agresora tenga un arma legalmente o puede encontrar maneras de conseguir una ilegalmente. Si usted cree que la persona agresora tiene un arma de fuego cuando no se supone que la tenga, puede que quiera considerar decírselo a la policía. Para conocer más sobre esta opción, vaya a Si creo que la persona agresora tiene un arma de fuego ilegalmente, ¿a quién se lo informo?
Además, si la persona agresora trabaja en la policía, el ejército o el gobierno, es posible que tenga un arma de fuego para su trabajo. Para entender como la ley federal de armas de fuego funciona en estos casos, lea La persona agresora usa un arma de fuego para su trabajo. ¿La ley le sigue aplicando? Si ésta es su situación, puede enfrentar riesgos especiales. Para aprender más sobre los riesgos y las formas de mantener su seguridad, lea Cuando la persona agresora es parte de la policía.
Incluso si no está seguro/a de que la persona agresora pueda tener acceso a un arma de fuego, es posible que quiera considerar hacer un plan de seguridad para mantenerse lo más seguro/a posible. A veces esto puede incluir solicitar una orden de restricción. En ocasiones un plan de seguridad puede incluir irse del área o a un lugar que la persona no conozca, como un albergue de violencia doméstica. En nuestra página Planificación de seguridad puede encontrar algunas ideas y puede contactar una persona intercesora en una organización local de violencia doméstica que pueda ayudarle a crear un plan personalizado. Vea nuestra página Intercesoras y albergues de Rhode Island para encontrar organizaciones de violencia doméstica cerca de usted.
1 Vea el informe de Armas de fuego y violencia contra las mujeres de Everytown para la seguridad de armas de fuego (Everytown for Gun Safety)
He leído toda esta información, pero todavía estoy confundida. ¿Qué puedo hacer?
¡Las leyes de armas de fuego pueden ser confusas! Aquí tiene algunos lugares que puede contactar para que le ayuden a entender la ley y sus derechos:
- La Línea Informativa de WomensLaw – puede enviarnos sus preguntas.
- Organizaciones locales de violencia doméstica – visite nuestra página Intercesoras y albergues de Rhode Island para encontrar organizaciones cerca de usted o contacte la Línea Directa Nacional de Violencia Doméstica 24/7 llamando al (800) 799-SAFE (7233) o usando su opción de chat.
- El Centro Nacional de Órdenes de Protección y Entera Fe y Crédito (National Center on Protection Orders and Full Faith & Credit) – para más información sobre las leyes federales de armas de fuego y cómo le aplicarían a usted, llame al 1-800-903-0111 x 2.