¿Cómo esta ley de vivienda protege a las víctimas?
Esta ley protege a las víctimas de violencia doméstica, agresión sexual, o acecho de dos maneras.
1. Si usted califica para alquilar una vivienda, el/la arrendador/a no puede hacer los siguiente solo porque usted es, fue o está en peligro inmediato de convertirse en una víctima de violencia doméstica, agresión sexual, o acecho:
- negarse a alquilarle la vivienda;
- desalojarle; o
- decir que usted violó el contrato.1
Pero el/la arrendador/a puede hacer las cosas mencionadas arriba si:
- usted dejó entrar a la persona agresora a la vivienda; o
- el/la arrendador/a entiende razonablemente que la persona agresora es un peligro para otras personas del hogar o que estén en la propiedad.1
2. Usted puede terminar su contrato de arrendamiento antes de tiempo si sigue los pasos que aparecen en ¿Cómo termino mi contrato de arrendamiento antes de tiempo?2
1 MO ST 441.920(2)
2 MO ST 441.920(3), (4)