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Órdenes de Restricción

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Leyes actualizadas al 27 de marzo de 2024

¿Qué es una orden de protección por riesgo extremo?

Una orden de protección por riesgo extremo (ERPO, por sus siglas en inglés) restringe temporalmente el acceso de una persona a armas de fuego en ciertas situaciones para protegerle a él o ella y a otras personas.La persona contra quien se presenta la orden se conoce como la parte demandada.

1 MCL § 691.1807(1)

¿Quién puede solicitar una orden de protección por riesgo extremo?

Usted puede solicitar una orden de protección por riesgo extremo si:

  1. tiene alguna de las siguientes relaciones con la parte demandada:
  • cónyuge o ex cónyuge;
  • comparte la crianza;
  • novio/a o ex novio/a;
  • cohabitante o ex cohabitante;
  • padre/madre, tutor/a, hijo/a, hermano/a, abuelo/a, nieto/a, tío/a o primo/a hermano/a;1 o
  1. usted es cualquiera de los/as siguientes profesionales:
  • un/a oficial de la policía; o
  • un/a proveedor/a de servicios médicos.2

La demanda debe demostrar que “en un futuro cercano”, se puede “esperar razonablemente” que la parte demandada se haga daño físico a sí misma, a usted o a otras personas, por tener, comprar, poseer o recibir un arma de fuego.3 Sin embargo, usted puede solicitar una orden de protección por riesgo extremo, aunque la parte demandada no tenga o posea un arma de fuego actualmente.4

1 MCL § 691.1803(d)
2 MCL § 691.1805(2)
3 MCL § 691.1805(3)
4 MCL § 691.1805(4)

¿Cuánto cuesta solicitar una orden de protección por riesgo extremo?

Solicitar una orden de protección por riesgo extremo es gratis.1

1 MCL § 600.2529(1)(a)

¿En qué condado puedo solicitar una orden de protección por riesgo extremo?

Tiene varias opciones para solicitar una orden de protección por riesgo extremo, dependiendo de la edad de la parte demandada y del lugar donde viva.

Si la parte demandada…

Entonces usted puede solicitar en…

es una persona adulta…

cualquier condado del estado.

es un/a menor…

el condado donde usted viva o el condado donde viva la parte demandada.

vive fuera de Michigan…

el condado donde usted viva.1

1 MCL § 691.1805(8)

¿Qué tipos de órdenes hay? ¿Cuánto tiempo duran?

Hay tres tipos de órdenes de protección por riesgo extremo (ERPO). Dos de estas son ex parte. Cuando una orden es ex parte significa que la parte demandada no ha sido notificada del caso con anticipación y no está presente en la audiencia.

Orden de protección ex parte de emergencia inmediata por riesgo extremo

Solo la policía puede conseguir este tipo de orden y debe ser cuando están respondiendo a una denuncia que involucre a la parte demandada. Para esta orden, los/as oficiales de la policía pueden pedirle a el/la juez/a, ya sea por teléfono o por escrito, que dé una orden ex parte de emergencia inmediata en cualquier momento del día o la noche.1

Orden de protección temporal ex parte por riesgo extremo

Usted o cualquier persona que tenga alguna de las relaciones que se describen en ¿Quién puede solicitar una orden de protección por riesgo extremo? con la parte demandada, puede solicitar esta orden. La petición para esta orden debe presentarse en el horario regular de la corte. El/la juez/a decidirá si dar o no la orden ex parte dentro de un día laborable de haber presentado la petición.2 

Orden de protección por riesgo extremo dada después de la notificación y audiencia

La audiencia para una orden de protección final no se programa automáticamente después que se da una ERPO ex parte. Una audiencia solo se llevaría a cabo en cualquiera de las siguientes tres situaciones:

  1. Si usted no solicitó una orden ex parte, se celebrará una audiencia dentro de 14 días de la fecha en que usted presentó su demanda;
  2. Si usted pidió una orden ex parte, pero el/la juez/a denegó su solicitud, tendrá 21 días después de la denegación para pedir una audiencia; o
  3. Si se dio una orden ex parte y la parte demandada pide una audiencia dentro de los siguientes plazos:
    • dentro de tres días de la notificación de la orden, si la parte demandada usa un arma de fuego para su trabajo; o
    • dentro de siete días de la notificación de la orden para cualquier otra parte demandada.3

Si la parte demandada usa un arma de fuego para su trabajo, la audiencia se llevaría a cabo dentro de cinco días. En el caso de cualquier otra parte demandada, se llevaría a cabo dentro de 14 días.4 Si la parte demandada no solicita una audiencia, la orden ex parte se mantendrá vigente.

En la audiencia, la parte demandada puede oponerse o consentir a que se dé la orden. El/la juez/a escuchará tanto a la parte peticionaria como a la parte demandada y decidirá si la ERPO se debe dar.5 

Si el/la juez/a da una orden de protección por riesgo extremo en cualquiera de las situaciones antes mencionadas, la orden durará un año. Una ERPO es válida en el momento en que se firma y se puede hacer cumplir inmediatamente.6

1 MCL § 691.1807(4)
2 MCL § 691.1807(2)
3 MCR § 3.718(A)(5), (D)(2), (D)(3)
4 MCL § 691.1807(3); MCR § 3.718(D)(3)
5 MCL §§ 691.1806(2); 691.1805(2)
6 MCL § 691.1809(1)(k), (2)

¿Qué protecciones puedo conseguir en una orden de protección por riesgo extremo?

En una orden de protección por riesgo extremo, el/la juez/a ordenará que la parte demandada:

  • no tenga o compre un arma de fuego;
  • no solicite un permiso para portar una pistola oculta y entregue cualquier permiso que tenga; y
  • entregue cualquier arma de fuego que tenga a la policía o a un/a distribuidor/a autorizado/a de armas de fuego.1

El/la juez/a puede decidir si las armas de fuego deben entregarse:

  • inmediatamente, a la misma vez que la notificación de la orden; o
  • dentro de 24 horas a partir de la notificación.2

La orden incluirá cualquier arma de fuego específica que usted haya incluido en su petición. La policía tiene la autoridad para quitar las armas si la parte demandada no las entrega después de recibir la notificación de la orden.3

1 MCL § 691.1809(1)(a), (1)(b), (1)(c)
2 MCL § 691.1807(8)
3 MCL § 691.1809(1)(d), (1)(l)