Conozca la Ley:
ACTUALIZADA 8 de noviembre, 2009
Esta página contiene información para obtener estatus legal si es que ha sido víctima de un crimen (incluyendo abuso doméstico) y es o será útil en la investigación del crimen.
La Ley de Víctimas de Tráfico y Protección contra la Violencia del 2000 (“Victims of Trafficking and Violence Protection Act of 2000") creó dos nuevas visas de no inmigrantes; la visa T y la visa U, para víctimas de crímenes que no son ciudadanas americanas. Ambas visas fueron creadas para proveer estatus legal a no ciudadanas que están ayudando o deseen ayudar a las autoridades que investigan un crimen.
El Servicio de Inmigración de los Estados Unidos (USCIS – por sus siglas en ingles) emitió las regulaciones de la visa U el 17 de setiembre del 2007. Esta ley se hace efectiva 30 días después de su aprobación. Esta ley es efectiva el 17 de octubre del 2007.
La visa U está designada a víctimas de crímenes que no son ciudadanas y quienes (1) han sufrido abuso físico o mental considerable debido a una actividad criminal (2) poseen información acerca de la actividad criminal (3) están de acuerdo en cooperar con los oficiales del gobierno que investigan o procesan un crimen y (4) la actividad criminal tiene que haber ocurrido dentro del territorio americano o violado las leyes americanas.
Su agresor no tiene que ser ciudadano ni residente permanente legal, y usted no tiene que haber contraído matrimonio con su agresor para tener derecho a la Visa U.
Usted no tiene que estar físicamente presente en los Estados Unidos para poder aplicar a la visa U. Usted pude aplicar desde fuera de los EE.UU siempre y cuando la actividad criminal haya ocurrido dentro de los EEUU o haya violado las leyes americanas.
El USCIS solo otorga un total de 10,000 visas U al año. El número total de visas por año no incluye a los familiares de los solicitantes principales (esposos, hijos, padres).
Las personas que tienen la visa U aprobada pueden permanecer en los Estados Unidos 4 años con posibilidades de extensión en algunos casos (por favor, hable con un abogado si usted necesita una extensión). Después de tres años, los poseedores de la visa U pueden aplicar a la residencia permanente legal.
Los poseedores de la Visa U reciben automáticamente un permiso de trabajo.
Si tiene una visa temporal actual (no-inmigrante), usted puede aplicar para una visa U.
Si se le otorga la visa U, usted tendría que anular su visa actual de no-inmigrante y no renovarla más.
No siempre. En casos en los cuales el solicitante es menor de 16 años, está incapacitado o es considerado incompetente, personas como: los padres, un guardián o un amigo cercano pueden cumplir con el requisito de cooperar con las autoridades siempre y cuando se entregue suficiente evidencia en nombre del solicitante. Esa persona debe entregar evidencia de su relación cercana con el solicitante principal y evidencia para establecer la edad, la incapacidad o la incompetencia del solicitante principal.
Puede que usted no quiera ir al USCIS, aun si cree que es un postulante potencial para la visa U. Siempre existe la posibilidad de deportación si no tiene un estatus legal.
Existen muchas preguntas sobre como el USCIS interpretará los requisitos de elegibilidad. Si esta actualmente indocumentada y se dirige al USCIS para la visa U, usted podría ser deportada si su aplicación de la visa U es denegada.
En todo caso, usted podría consultar con un experto en inmigración. El/ella puede darle una idea más clara si usted califica o si hay riesgo de ser deportada. Para encontrar ayuda, por favor vea nuestra página Internacional/Inmigración en la sección Ayuda Nacional en la sección Donde Encontrar Ayuda en la parte superior de esta página.
Eso depende. Si usted es la esposa o hijo/a de un ciudadano americano o residente legal, usted califica para la "auto peticion" para adquirir el estatus legal bajo VAWA.
Víctimas de violencia doméstica quienes no están casadas con el agresor, o quienes han sido abusadas por esposos quienes no son ciudadanos americanos o residentes permanentes legales, no califican para la "auto-peticion" bajo VAWA, pero podrían buscar un estatus bajo la visa U.
Usted podría consultar cualquiera de estas opciones con un especialista de inmigración ANTES que vaya al USCIS. Para encontrar ayuda, por favor vea la página de organziaciones Internacional/Inmigración en Donde Encontrar Ayuda.