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5 de diciembre de 2023¿Se puede cambiar (modificar) una orden de protección contra el abuso sexual?
En cualquier momento después de los primeros 30 días de que la orden es notificada, cualquiera de las partes puede pedir que el/la juez/a cambie la orden de protección contra el abuso sexual si él/ella puede demostrarle a el/la juez/a causa justificada para el cambio. Usted también puede pedir que el/la juez/a elimine ciertos términos de la orden para tener menos restricciones sobre el/la agresor/a.1
1 ORS §§ 163.775(2); 163.765(6)
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