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Información Legal: Maine

Leyes de Vivienda

Laws current as of
28 de noviembre de 2023

¿Cómo me protege esta ley de vivienda?

La ley ofrece varias protecciones. Primero, si usted es víctima de violencia doméstica, agresión sexual o acecho, no puede ser desalojado/a de su vivienda de alquiler por incidentes relacionados a este tipo de violencia, independientemente de que el/la agresor/a también sea inquilino/a u ocupante de la vivienda. No le pueden desalojar incluso si los incidentes de maltrato:

  • se consideran desordenados o molestosos para sus vecinos/as;
  • son una violación al contrato de arrendamiento; o
  • le causan daños a la propiedad alquilada.1

Sin embargo, el/la arrendador/a todavía puede desalojarle por una razón legal válida que no esté relacionada a los incidentes de violencia doméstica, agresión sexual o acecho.2

Segundo, si usted es víctima de violencia doméstica y el/la agresor/a también es un/a inquilino/a, el/la arrendador/a puede quedarse con su depósito de seguridad para cubrir cualquier daño a la propiedad alquilada que haya sido resultado de un incidente de violencia doméstica, agresión sexual o acecho, pero no puede demandarle por cualquier costo adicional. Sin embargo, dentro de 30 días de los daños haber ocurrido, usted tiene que entregarle a el/la arrendador/a una notificación escrita de los daños junto con uno de los documentos requeridos que pruebe que usted es una víctima, que se explica en Si soy una víctima, ¿qué documentos o pruebas debo darle a mi arrendador para terminar mi contrato de arrendamiento?3

Tercero, es posible que pueda terminar su contrato de arrendamiento antes de tiempo por algún incidente o amenaza de violencia doméstica, agresión sexual o acecho, o si su arrendador/a le acosa sexualmente. Para hacer esto, debe darle a su arrendador/a:

  1. uno de los documentos requeridos que pruebe que usted es una víctima, que se explican aquí; y
  2. una notificación por escrito:
  • con siete días de anticipación, si su contrato de arrendamiento es por menos de un año; o
  • con treinta días de anticipación, si su contrato de arrendamiento es por un año o más.4

​1 ME ST T. 14 § 6001(6)(A)
2 ME ST T. 14 § 6001(6)(E)
3 ME ST T. 14 § 6001(6)(B)
4 ME ST T. 14 § 6001(6)(D)