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Preparándose para la Corte: Kansas

Kansas: Leyes Estatales de Armas de Fuego

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Leyes Estatales de Armas de Fuego

Información Básica y Definiciones

¿Cuál es la diferencia entre leyes sobre armas de fuego federales y estatales? ¿Por qué necesito entender ambos?

En estas páginas sobre las leyes de armas de fuego, nos referimos a “leyes federales sobre armas de fuego” y a “leyes estatales sobre armas de fuego”. La diferencia principal entre las leyes de armas de fuego federales y las leyes estatales se refiere a quién hace la ley, quién procesa a los/as que la incumplen, y qué castigo se aplica a los incumplimientos.

Una razón por la que es importante que conozca que existen estas diferentes leyes es para que pueda entender todas las formas posibles en que un/a agresor/a puede estar incumpliendo la ley, y así poder protegerse mejor. A través esta sección nos referimos a las leyes estatales la mayoría del tiempo. Asegúrese también de leer las páginas sobre Leyes de Armas de Fuego Federales para averiguar si algunas de las leyes federales son relevantes a su situación. Hay que leer las leyes estatales y las leyes federales para ver cuáles, si algunas, han sido violadas por la persona agresora.

Si va a llamar a la policía porque entiende que el/la agresor/a ha violado una ley de armas, no necesariamente necesita decirle a la policía cuál ley se ha violado (si es estatal o federal) pero la policía local no puede arrestar a alguien por violar una ley federal, solo por violar las leyes estatales/locales. Solo la agencia del orden a nivel federal, la Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos (ATF, por sus siglas en inglés), puede arrestar a alguien por violentar éstas las leyes federales. Si la policía local entiende que se ha violado una ley federal, es posible que le notifiquen a la ATF o a la Fiscalía de los Estados Unidos en su estado (U.S. Attorney - que es la Fiscalía federal). Para información sobre cómo puede contactar directamente a ATF para reportar la violación de las leyes federales de armas de fuego, vaya a ¿A quién debo notificar si pienso que el agresor no debe poseer un arma? Si la persona agresora está violando la ley estatal y la federal, puede ser que la acusen en ambos foros, el estatal y el federal.

¿Cuál es la definición de delito grave?

En estas páginas explicaremos las leyes de armas de fuego, que hacen que sea ilegal que alguien que haya sido declarado/a culpable de un delito grave tenga un arma de fuego. Un delito grave es un delito para que el castigo es más serio que para un delito menor. Kansas define un delito grave como cualquier crimen que sea:

  • castigado con la muerte;
  • castigado con encarcelamiento en cualquier institución correccional estatal; o
  • definido como un delito grave según la ley.1

Sin embargo, no puede saberse con seguridad si alguien ha sido condenado por un delito sólo por la cantidad de tiempo que estuvo en la cárcel, dado que muchas sentencias son reducidas o rebajadas por tratos. Si no está segura sobre si el agresor fue condenado por un delito grave, puede hablar con el fiscal que llevó el caso criminal contra la persona agresora o acudir a los tribunales penales locales e intentar consultar los archivos.

1 Kan. Stat. § 21-5102(a)

Soy víctima de violencia doméstica y el agresor tiene un arma de fuego. ¿Eso es legal?

La ley estatal de Kansas dice que es ilegal que las siguientes personas tengan un arma de fuego:

  • una persona que sea adicta a y use drogas ilegalmente;
  • una persona que está o estuvo mentalmente enferma o adicta al alcohol o las drogas e ingresada involuntariamente para cuidado y tratamiento;
  • alguien menor de 18 años, a menos que el cañón del arma de fuego sea de al menos 12 pulgadas de largo;
  • una persona fugitiva de la justicia, lo que significa que él/ella sabe que hay una orden de arresto en su contra por haber cometido un delito grave;
  • un/a inmigrante que no está autorizado/a para estar en los Estados Unidos;
  • una persona que, dentro de los pasados cinco años, ha sido declarada culpable de un delito menor de violencia doméstica en Kansas o por un delito menor parecido en otro estado;
  • alguien que actualmente tiene una orden de protección en su contra (un/a “demandado/a”) y cumple con las siguientes tres condiciones:
    1. La orden fue dada después de una audiencia y el/la demandado/a recibió la notificación de la audiencia con anticipación y tuvo la oportunidad de participar de la misma;
    2. La orden restringe a la persona demandada de hacer cualquiera de las siguientes:
      • acosar, acechar o amenazar a una pareja íntima, a el/la hijo/a de una pareja íntima o a el/la hijo/a de el/la demandado/a; o
      • tener otra conducta que le cause miedo razonable a una pareja íntima de sufrir daño físico o de que su hijo/a sufra daño físico; y
    3. La orden:
      • incluye una determinación (“hallazgo”) hecha por el/la juez/a de que la persona demandada representa una “amenaza creíble” a la seguridad física de la pareja íntima o su hijo/a; o
      • contiene términos que prohíben claramente el uso, intento o amenaza del uso de la fuerza física en contra de una pareja íntima o su hijo/a que razonablemente pudiera causar daño físico;1
  • una persona que haya sido sentenciada como adulta, o adjudicada como un/a ofensor/a juvenil, por:
    • un “delito grave de persona”, que incluye varios crímenes de drogas mencionados en las leyes de Kansas § 21-36a01 al § 21-36a17; o
    • una violación a la Ley de Sustancias Controladas antes del 1 de julio del 2009;
  • una persona que haya sido sentenciada como adulta, o adjudicada como un/a ofensor/a juvenil, por un “delito grave de persona” diferente a los mencionados arriba, y:
    • no usó un arma de fuego mientras cometió el crimen; y
    • han pasado menos de tres años desde que cumplió la sentencia;
  • una persona que haya sido sentenciada como adulta, o adjudicada como un/a ofensor/a juvenil, de ciertos delitos graves mencionados en la subsección (3)(A)(i) de Kansas Stat. § 21-6304 y han pasado menos de ocho años desde que cumplió la sentencia; y
  • una persona que haya sido sentenciada como adulta, o adjudicada como un/a ofensor/a juvenil, de cualquier otro “delito grave no cometido contra una persona” y han pasado menos de tres meses desde que cumplió la sentencia.2

Si cualquiera de éstas situaciones le aplica a la persona agresora, puede ser ilegal que tenga un arma de fuego. También, las leyes federales, que aplican en todos los estados, restringen los derechos de un/a agresor/a de poseer un arma bajo ciertas circunstancias. Vaya a la página de Leyes Federales de Armas de Fuego para más información.

1 Kan. Stat. § 21-6301(a)(10), (a)(13), (a)(14) - (a)(18), (m)(2)
2 Kan. Stat. § 21-6304(a)

Armas de Fuego y Órdenes de Protección

Tengo una orden de protección temporal ex parte en contra del agresor. ¿Se le puede quitar el arma?

La ley de Kansas dice que es ilegal que una persona demandada tenga un arma de fuego si tiene una orden de protección de maltrato vigente, si se dio la orden después de una audiencia que se le notificó con anticipación y para la cual tuvo la oportunidad de participar.Una orden de protección de maltrato temporal ex parte que se dé sin haberle notificado a la persona demandada no cumpliría con este requisito, así que la persona agresora aún podría tener un arma de fuego mientras hay una orden temporal ex parte vigente.

1 Kan. Stat. § 21-6301(a)(17)

Tengo una orden de protección final contra el agresor. ¿Puede tener o comprar un arma nueva?

La ley estatal de Kansas dice que es ilegal el que una persona que tenga una orden de protección en su contra (un/a “demandado/a”) tenga un arma de fuego si la orden de protección cumple con estas tres condiciones:

  1. Fue dada después de una audiencia que fue notificada con anterioridad a la persona demandada y en la cual ésta tuvo la oportunidad de participar;
  2. Restringe a el/la demandado/a de hacer cualquiera de las siguientes:
    • acosar, acechar o amenazar a una pareja íntima, a el/la hijo/a de una pareja íntima o a el/la hijo/a de el/la demandado/a; o
    • tener otra conducta que le cause a una pareja íntima miedo razonable de sufrir daño físico o de que su hijo/a sufra daño físico; y
  3. La orden de protección:
    • incluye una determinación (“hallazgo”) hecha por el/la juez/a de que la persona demandada representa una “amenaza creíble” a la seguridad física de la pareja íntima o su hijo/a; o
    • contiene términos que prohíben claramente el uso, intento o amenaza del uso de fuerza física que razonablemente pudiera causar daño físico a la pareja íntima o su hijo/a.1

También, las leyes federales, que aplican en todos los estados, limitan el derecho de una persona agresora de tener un arma bajo ciertas circunstancias, incluyendo si tiene una orden de protección en su contra. Vaya a la página de Leyes Federales de Armas de Fuego para más información.

1 Kan. Stat. § 21-6301(a)(17)

¿Hay algo que yo pueda hacer para facilitar que se le retire el arma a la persona que abusa de mí cuando yo obtenga una orden de protección?

Aquí le proporcionamos algunas ideas útiles:

  • Si la persona que abusa de usted tiene un arma, dígale a el/la juez/a cuántas armas tiene esa persona, y si le ha amenazado con un arma alguna vez;
  • Pídale a el/la juez/a que específicamente escriba en su orden de protección que la persona que abusa de usted no puede poseer, comprar o tener un arma mientras la orden esté en vigor. El formulario que usted tendrá que completar para pedir una orden de protección tendrá una parte en la que se pedirá que el arma de la persona que abusa de usted sea retirada. Asegúrese de pedir esto; y
  • Antes de irse de la corte, compruebe que la restricción de armas está escrita en su orden.

Puede que también le resulte de ayuda que el/la juez/a explique lo que pasará con las armas de la persona que abusa de usted, quién se las llevará, y dónde permanecerán una vez que usted abandone la corte. Si el/la juez/a está de acuerdo con incluir en la orden que la persona que abusa de usted no puede quedarse con sus armas mientras la orden de protección está en vigor, tal vez usted también quiera pedirle a el/la juez/a que:

  • Le requiera a la persona que abusa de usted que entregue sus armas a la policía, o que la policía vaya a la casa de la persona que abusa de usted y las confisque;
  • Deje claro cuánto tiempo se mantendrán alejadas las armas del alcance de la persona que abusa de usted; y
  • Le ordene a la policía que le notifique cuando le devuelvan las armas a la persona que abusa de usted.

Armas y Condenas Criminales

Si el agresor ha sido condenado por un crimen ¿puede conservar o comprar un arma?

La ley estatal de Kansas dice que es ilegal que los/as siguientes criminales tengan o posean un arma de fuego:

  • una persona que haya sido declarada culpable de un delito menor de violencia doméstica en Kansas o por un delito menor parecido en otro estado, en los últimos cinco años. Un delito de violencia doméstica incluye una ofensa en la que la persona agresora use o intente usar la fuerza física, o amenace con usar un arma mortal, y se comete contra una persona con quien esté o haya estado en una relación de noviazgo, o un familiar o miembro del hogar;
  • una persona fugitiva de la justicia, lo que significa que sabe que hay una orden de arresto en su contra por haber cometido un delito grave;1
  • una persona que haya sido sentenciada como adulta, o adjudicada como una ofensora juvenil, por:
    • un “delito grave de persona”, que incluye varios crímenes de drogas mencionados en las leyes de Kansas § 21-36a01 al § 21-36a17; o
    • una violación a la Ley de Sustancias Controladas antes del 1 de julio del 2009;
  • una persona que haya sido sentenciada como adulta o adjudicada como una ofensora juvenil por un “delito grave de persona” diferente a los mencionados arriba, que no involucre el uso de un arma de fuego mientras cometía el crimen, y han pasado menos de tres años desde que cumplió la sentencia;
  • una persona que haya sido sentenciada como adulta o adjudicada como una ofensora juvenil de ciertos delitos graves mencionados en la subsección (3)(A)(i) de Kansas Stat. § 21-6304, y han pasado menos de ocho años desde que cumplió la sentencia; y
  • una persona que haya sido sentenciada como adulta o adjudicada como una ofensora juvenil de cualquier otro “delito grave no cometido contra una persona”, y han pasado menos de tres meses desde que cumplió la sentencia.2

También, bajo las leyes federales, que aplican a todos los estados, es ilegal poseer un arma de fuego si alguien fue declarado/a culpable de un delito grave o de un delito menor de violencia doméstica. Vaya a la página de Leyes Federales sobre Armas de Fuego para más información.

1 Kan. Stat. § 21-6301(a)(15), (a)(18), (m)(1), (m)(2)
2 Kan. Stat. § 21-6304(a)

¿Cómo puedo averiguar si la persona que abusa de mí ha sido condenada por un crimen?

Los documentos que indican los antecedentes están a disposición del público, pero no son siempre fáciles de acceder. Si usted conoce la corte exacta en la que la persona que abusa de usted ha sido condenada, usted puede ir a esa sala de justicia y pedirle a el/la secretario/a de la corte acceso a esos documentos.

Los documentos que indican los antecedentes por delitos menores o graves de violencia doméstica también permanecen en el National Instant Criminal Background Check System o Sistema Instantáneo de Registro Nacional de Antecedentes Criminales (NICS, por sus siglas en inglés). Sin embargo, sólo a los/as agentes del orden público y los/as vendedores de armas de fuego se les permite buscar en el NICS. Su departamento local de policía es el único que tal vez pueda buscar en el NICS por usted, si usted se lo pide, pero este departamento no está obligado a hacerlo.

Para leer más sobre el NICS, por favor vea la pregunta, ¿Qué pasará si el agresor intenta comprar un arma?

Se Supone que el Abusador No Puede Tener un Arma...¿y Ahora Qué?

Si al agresor le quitan el derecho a tener un arma de fuego en una orden de protección contra el maltrato, ¿qué pasará con el arma de fuego?

Desafortunadamente, Kansas no tiene una ley específica que requiera que la policía le quite las armas de fuego a una persona que tenga prohibido tenerlas.1 Es posible que quiera pedirle a el/la juez/a que específicamente incluya un mandato en la orden de protección que diga cómo la persona agresora tiene que entregar sus armas de fuego.

Centro Legal Giffords

 

¿A quién debo notificar si pienso que el agresor no debe poseer un arma?

Si piensa que la persona agresora está violando las leyes estatales de armas de fuego, puede llamar a la policía local, a la oficina de el/la alguacil (sheriff) o a la Policía Estatal.  Si piensa que la persona agresora está violando las leyes de armas federales, puede llamar a la Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos (ATF, por sus siglas en inglés).

Puede encontrar información para los departamentos de el/la alguacil (sheriff) en su área en nuestra página KS Comisarías del Sheriff.

Puede encontrar las oficinas de ATF en Kansas en el sitio de web de ATF.  Para reportar actividad ilegal de armas de fuego, una persona puede también llamar a 1-800-ATF-GUNS (1-800-283-4867).  Muchas oficinas de ATF tienen defensores/as de víctimas, llamados/as “coordinadores/as de víctimas/testigos”.  Quizás pueda hablar con uno/a de estos/as defensores/as si está teniendo problemas contactando (o recibiendo una llamada de vuelta) de un/a oficial de ATF.

Una organización local que trabaje con violencia doméstica también puede ser que pueda contestar sus preguntas y ayudarle a hablar con los/as oficiales del orden necesarios/as.  Puede encontrar información de contacto de organizaciones en su área en nuestra página KS Intercesoras y Albergues.

Nota: Generalmente, la persona agresora no tiene que tener conocimiento de la ley para ser arrestada por violarla.  Si la persona agresora tiene o compra un arma de fuego en violación de la ley, puede ser arrestada, aún si sabe o no que está violando la ley.1

1United States v. Lippman, 369 F. 3d 1039 (8th Cir. 2004); United States v. Henson, 55 F. Supp. 2d 528 (S.D. W.V. 1999)

¿Qué pasará si el agresor intenta comprar un arma?

Antes de comprar un arma de fuego de un/a vendedor/a licenciado/a, todos los/las compradores/as deben someterse a un chequeo de antecedentes penales realizado por el Sistema Nacional de Chequeo Instantáneo de Antecedentes Penales (“National Instant Criminal Background Check System,” o “NICS” por sus siglas en inglés). El Sistema Nacional de Chequeo Instantáneo de Antecedentes Penales es utilizado por los/as licenciatarios/as federales de armas de fuego (“FFLs,” por sus siglas en inglés) para determinar de forma instantánea si alguien es elegible para recibir explosivos o armas de fuego.1 Si el/la agresor/a tiene una orden de protección calificada en su contra o, si ha sido sentenciado/a por un delito grave o un delito menos grave por violencia doméstica intrafamiliar en cualquier estado, esos registros deben estar en el NICS, lo cual debería imposibilitarle a el/la agresor/a comprar un arma de fuego. No todos los estados tienen un sistema automatizado de registro, lo que dificulta el proceso de verificación de antecedentes penales, por lo tanto, algunos criminales y agresores/as logran burlar el sistema. También es importante saber que no se necesita una verificación de antecedentes penales para ventas privadas y a través del Internet.

Si el/la agresor/a pudo comprar un arma y usted entiende que él/ella no debe tener una legalmente, usted puede avisarle a la policía y pedir que le quiten el arma y quizás ellos/as lo/a investigarán. Generalmente no es buena idea asumir que porque el/la agresor/a pudo comprar un arma, es legal que la tenga.

1National Criminal Justice Reference Service website

¿Cuál es la pena por violar la ley estatal de armas de Kansas?

La ley estatal de Kansas hace ilegal cometer cualquiera de los siguientes actos:

  1. poseer cualquier arma de fuego si tiene una orden de protección en su contra que cumpla con los siguientes requisitos:
    • fue dada después de una audiencia para la cual la persona agresora recibió una notificación y tuvo la oportunidad de participar de la misma;
    • restringe a la persona agresora de acosar, acechar o amenazar a una pareja íntima, a el/la hijo/a de una pareja íntima o a el/la hijo/a de la persona demandada, o de tener otra conducta que le cause a una pareja íntima miedo razonable de sufrir daño físico o de que su hijo/a sufra daño físico; y
    • cualquiera de las siguientes:
      • incluye una determinación (hallazgo) de que dicha persona representa una amenaza creíble para la seguridad física de una pareja íntima o su hijo/a; o
      • por sus términos, específicamente prohíbe el uso, intento o amenaza del uso de la fuerza física en contra de una pareja íntima o su hijo/a, que razonablemente pudiera causar daño físico; o
  2. poseer cualquier arma de fuego si la persona ha sido declarada culpable de un delito menor por una ofensa de violencia doméstica dentro de los pasados cinco años; 
  3. poseer cualquier arma de fuego si está o estuvo mentalmente enfermo/a y podría ser admitido/a involuntariamente para cuidado y tratamiento;
  4. poseer cualquier arma de fuego si tiene problemas de abuso de alcohol o sustancias y está podría ser admitido/a involuntariamente para cuidado y tratamiento;
  5. poseer cualquier arma de fuego mientras es fugitivo/a de la justicia; 
  6. poseer cualquier arma de fuego si es un/a inmigrante sin documentos, o está en los Estados Unidos ilegalmente; 
  7. poseer cualquier arma de fuego si es adicto/a a o usuario/a ilegal de drogas o sustancias controladas;1
  8. portar un arma oculta mientras es menor de 21 años;
  9. portar una escopeta que tenga un cañón de menos de 18 pulgadas de largo o cualquier otra arma de fuego que descargue automáticamente más de una vez al presionar el gatillo una sola vez.2

Cometer uno de los crímenes mencionados en los números uno al seis, arriba, es un delito grave nivel 8, no cometido contra una persona, que puede tener una pena de hasta 11 meses de cárcel o más si la persona tiene un expediente criminal3 y una multa.

Cometer el crimen mencionado en el número siete, arriba, es un delito menor clase B selecto, no cometido contra una persona, que puede tener una pena de hasta seis meses en la cárcel del condado y una multa de hasta $1,000.4

Cometer el crimen mencionado en el número ocho, arriba, es un delito menor clase A, no cometido contra una persona, que puede tener una pena de hasta un año en la cárcel del condado y una multa de hasta $2,500.5

Cometer el crimen mencionado en el número nueve, arriba, es un delito grave nivel 9, no cometido contra una persona, que puede tener una pena de hasta nueve meses de cárcel o más si la persona tiene un expediente criminal6 y una multa.

1 Kan. Stat. § 21-6301(a)
2 Kan. Stat. § 21-6302(a)(4), (a)(5)
3 Kan. Stat. §§ 21-6301(b)(4); 21-6804(a)
4 Kan. Stat. §§ 21-6301(b)(3); 21-6602(a)(2); 21-6611(b)(1)
5 Kan. Stat. §§ 21-6302(b)(1); 21-6602(a)(1); 21-6611(b)(1)
6 Kan. Stat. §§ 21-6302(b)(2); 21-6804(a)

Más Información y Dónde Obtener Ayuda

No tengo una orden de protección contra la persona que abusa de mí, y esta persona no ha sido condenada por un delito. ¿Puede él/ella tener una arma?

Aunque la persona agresora no haya sido declarada culpable de un crimen y usted no tenga una orden de protección contra el maltrato en su contra, la ley estatal de Kansas dice que es ilegal que las siguientes personas tengan o posean un arma de fuego:

  • alguien menor de 18 años, a menos que el cañón del arma de fuego sea de al menos 12 pulgadas de largo;
  • una persona que sea adicta a, e ilegalmente esté usando drogas;
  • una persona que está o estuvo mentalmente enferma o adicta al alcohol o las drogas y está sujeta a ser ingresada involuntariamente para cuidado y tratamiento;
  • una persona que sea fugitiva de la justicia; y
  • una persona inmigrante que no está autorizada para estar en los Estados Unidos.1

Si ninguna de estas situaciones aplica, usted todavía puede planificar su seguridad. Vea nuestra página Planificación de Seguridad para obtener más información. Usted también puede contactar a su organización local de violencia doméstica para obtener ayuda adicional. Puede que usted también quiera hablar con ellos acerca de si marcharse de la zona -tanto por un tiempo corto como largo- puede ayudar a mejorar su seguridad. Vea nuestra página KS Intercesoras y Albergues para encontrar organizaciones de violencia doméstica cerca de su zona.

También, las leyes federales, que se aplican en todos los estados, prohíben que el/la agresor/a tenga un arma bajo otras circunstancias. Para obtener más información, ingrese a Leyes Federales sobre Armas de Fuego.

Para más información sobre las leyes de armas de fuego en Kansas, puede ir al sitio web del Centro Legal para Prevenir la Violencia con Pistolas.

1 Kan. Stat. §§ 21-6301(a)(10), (a)(13) - (a)(16); 21-6302

He leído toda esta información, pero todavía estoy confundida. ¿Qué puedo hacer?

Intentar comprender la ley federal y estatal puede ser confuso, pero hay personas que pueden ayudarle a comprender mejor la ley y sus derechos ante la ley.

  • Usted puede contactar al Centro Nacional de Órdenes de Protección y Entera Fe y Crédito para obtener más información acerca de la ley federal de armas de fuego y de su cómo se aplica a usted: 1-800-903-0111 ext. 2.
  • Usted puede contactarnos a nuestro Línea Informativa por Email.
  • Usted puede contactar una organización local de violencia doméstica en su zona - vea nuestra página KS Intercesoras y Albergues.