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Información Legal: California

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
11 de enero de 2024

¿Cómo un juez decide si cambia mi orden de acoso temporal a una permanente?

El/la juez/a llevará a cabo una audiencia dentro de los 21 a 25 días a partir de la fecha en la que se emitió su orden temporal y decidirá si la extiende o no. Sin embargo, el/la demandado/a tiene derecho a pedir un aplazamiento por un período razonable de tiempo, para responder a la petición. Además, cualquiera de las partes puede solicitar un aplazamiento de la audiencia que el/la juez/a puede conceder si hay “justa causa” para hacerlo.

Durante esta audiencia, el/la acosador/a puede responder a los alegatos de acoso por los cuales usted solicitó la orden temporal y puede tratar de explicar, excusar, justificar o negar el acoso. Entonces el/la juez/a considerará toda la evidencia y decidirá si el acoso ocurrió, o no. Si el/la juez/a decide que si se cometió acoso, entonces debe otorgarle una orden permanente, lo que se llama una orden después de audiencia.1

1 Cal.C.C.P. § 527.6(f)-(j), (o), (p)