¿Quién puede solicitar una orden de protección contra la violencia sexual?
Una orden de protección contra la violencia sexual puede ser solicitada por la víctima, su abogado/a, el/la fiscal o un/a policía.1 Las siguientes personas también pueden solicitar la orden a favor de una persona que sufre alguna incapacidad física o mental que no le permite solicitarla ella misma:
- su padre/madre o cualquier familiar o persona responsable de un/a menor;
- un/a maestro/a, director/a o trabajador/a social escolar,
- el/la fiscal;
- un/a agente de la policía;
- el/la Procurador/a de Menores;
- el/la Procurador/a de Asuntos de Familia; o
- cualquier otro/a funcionario/a autorizado/a por el/la Secretario/a del Departamento de la Familia.2
1 8 L.P.R.A. § 1281
2 8 L.P.R.A. § 1284