Acoso Ciber- amenazas
En su mensaje menciona que su ex le amenaza de forma electrónica y que quiere saber cómo puede hacer que se detenga esta conducta. Una persona que está siendo víctima de ciertos actos de violencia doméstica, incluyendo acoso o acecho, puede presentar una orden de protección. Una orden de protección es una orden que da la corte civil, firmada por un/a juez/a, que le dice a el/la agresor/a que no cometa actos de abuso y que se mantenga alejado/a y no contacte a la otra persona.
Cada estado tiene sus propias leyes sobre quién puede solicitar una orden de restricción. Usualmente, la ley del estado incluye:
- Si las partes tienen que haber tenido algún tipo de relación (de ser así, cuál- esto es más común en las órdenes de restricción contra la violencia doméstica).
- El tipo de conducta que debe haber sucedido para que se dé la orden de restricción. Usualmente va a encontrar información sobre esto en la pregunta donde definimos las conductas que podrían dar una orden de restricción. En el caso de California, puede ver la pregunta de ¿Cuál es la definición legal de la violencia doméstica en California? en nuestra sección de Órdenes de Restricción. Como puede ver, en algunos ese estado se reconocen la amenaza, el acecho, el acoso y la perturbación de la paz como razones para dar esta orden.
Si una persona califica para una orden de restricción, entonces puede querer seguir los pasos que enumeramos en la sección para solicitarla y puede ver nuestros vídeos en español sobre órdenes de restricción para más información general sobre este tema. También puede querer ver las protecciones que se pueden solicitar en la orden de restricción.
También es importante saber que algunas de estas conductas pueden considerarse un Crimen en California. Una persona que entiende ha sido víctima de un crimen, puede considerar llamar a la policía para reportarlo. Sin embargo, esta alternativa puede no ser segura para algunas víctimas debido a que muchas personas y comunidades han experimentado un trato injusto o violencia por parte de la policía. Si se siente más cómodo/a, puede ir a un cuartel de la policía en vez de llamar al 911 de manera que los/as agentes no tengan que ir a la comunidad. (Nota: hacer una denuncia no quiere decir que necesariamente se va a arrestar a el/la agresor/a y aun si le arrestan, es posible que le dejen en libertad al poco tiempo, por eso, es importante hacer un plan de seguridad si se hace una acusación, en caso de que el/la agresor/a tome represalias).
Algo adicional que es muy importante sobre el acecho y acoso cibernético es la recopilación y organización de la evidencia en los procesos legales. Le invito a que vea nuestras páginas de:
- Responder al Mal Uso de la Tecnología: Opciones Civiles y Criminales
- Asuntos de Evidencia en Casos que Involucran la Tecnología
Finalmente, puede considerar contactar a una organización local que trabaje con violencia doméstica. Los/as intercesores/as de estas organizaciones tienen mucha información y recursos que pueden ser de apoyo para víctimas. También pueden ofrecer consejería, intercesoría, acompañamiento a la corte, ayudarle a hacer un Plan de Seguridad y dar albergue, en algunos casos. Puede encontrar estar organizaciones en nuestra página de Intercesoras y Albergues de California. Además, hay una Línea Nacional de Violencia Doméstica en la que puede hablar en español con un/a intercesor/a las 24 horas del día (por texto o llamada). Su teléfono es el 1-800-799-7233 y aquí puede acceder su sitio web.