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¿Cómo respondo a una moción de desestimación presentada por la otra parte?

Una moción de desestimación puede hacerse por escrito o se puede hacer verbalmente en la corte. De cualquier manera, la forma en que usted responda a una moción de desestimación dependerá de la razón por la que la otra parte o su abogado/a están haciendo la moción.

Hay muchas razones por las que un caso podría ser desestimado antes del juicio. Algunos ejemplos son:

  • los hechos alegados no apoyan la causa de acción;
  • la corte no tiene jurisdicción;
  • hay algo mal en los documentos;
  • la causa de acción prescribió; o
  • el asunto se resolvió y ya no existe una controversia.

Una moción de desestimación puede darse porque la petición que usted presentó no es suficiente para apoyar el remedio que está pidiendo. Tal vez, por ejemplo, usted no dijo que hubo un cambio de circunstancias para modificar una orden de custodia o no incluyó suficiente información de violencia doméstica cuando pidió una orden de restricción. Así que, debe estar preparado/a para argumentar que su petición tiene suficiente información para apoyar su causa de acción. También puede pedirle a la corte que le dé permiso para modificar su petición y poder añadir detalles adicionales que podrían ser necesarios para fortalecer su defensa a la moción de desestimación.

Otra razón por la cual la otra parte podría intentar que se desestime su petición es que él/ella argumente que los eventos que usted alega en su petición nunca ocurrieron. Si el/la demandado/a hace esta moción, puede incluir afidávits de testigos u otros documentos que serían admisibles en un juicio para mostrar su versión de la historia. Si la moción para desestimar es convincente, es posible que usted deba presentar sus propios afidávits y documentos para probar que las alegaciones sí ocurrieron como usted las describió, o que al menos existe una duda sobre los hechos que realmente ocurrieron. Una duda sobre los hechos significa que hay una disputa real sobre lo que realmente ocurrió entre las partes.

Si la otra parte vive en un estado distinto a donde usted presentó su petición inicial, él/ella puede presentar una moción para desestimar por falta de jurisdicción personal. Esto significa que el estado en donde usted presentó su petición probablemente no tenga el poder (jurisdicción) sobre él/ella. Para defenderse de una moción para desestimar por falta de jurisdicción personal, debe estar preparado/a para mostrarle a el/la juez/a que la otra parte ha tenido “contacto” con el estado en donde usted presentó el caso, ha sido notificado/a en ese estado, o hay alguna otra razón para que la corte tenga jurisdicción. Para más información, visite nuestra página de Jurisdicción Personal.