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¿Cómo le pido a la corte que tome acciones específicas mientras mi caso está pendiente?

Puede pedirle a el/la juez/a que tome algún tipo de acción durante su caso presentando o “haciendo” una moción. Una moción es una petición para que el/la juez/a dé algún tipo de remedio relacionado a su caso. Hay varias maneras en las que usted puede hacer una moción.

  • Moción verbal – Puede hacer una moción a viva voz mientras esté en la corte. Esto puede ser durante la comparecencia inicial, la comparecencia de estatus, o una audiencia. Usualmente, puede usar una moción verbal cuando lo que solicita (la petición) no es complicada, o si es una petición urgente que usted espera que el/la juez/a la dé ese mismo día. Cuando usted hace una moción verbal, la otra parte o su abogado/a puede responder con un argumento en contra de la moción. El/la juez/a puede:
    • tomar una decisión durante la audiencia,
    • no tomar una decisión para poder evaluarla más, o
    • le pedirá que ponga su moción por escrito.
  • Moción escrita – Cada estado y jurisdicción puede tener su propio proceso para presentar mociones escritas. Para hacer una moción escrita necesitará varios documentos. Es posible que su corte tenga un formulario específico que deba usar para una moción y, usualmente, también tendrá que someter documentos de apoyo como un afidávit o declaración jurada en apoyo a la moción, un memorando legal (de ser necesario) y pruebas que sean admisibles en una audiencia. Si usted tiene un/a abogado/a que le está representando, la moción que él/ella presente por usted también debe incluir una declaración de su abogado/a. Algunos estados también requieren que presente una notificación de moción que describa lo que usted está pidiendo y establece un tiempo para que vaya a la corte a presentar (defender) su moción ante el/la juez/a. En algunas situaciones, puede hacer una moción escribiéndole una carta a el/la juez/a explicando lo que está pidiendo, y por qué. Cada vez que usted le envíe cualquier cosa por escrito a el/la juez/a también debe enviarle una copia a la otra parte o a su abogado/a. Así la otra parte tendrá la oportunidad de responder.
  • Mociones de emergencia – Diferentes jurisdicciones pueden tener diferentes maneras en las que una persona puede pedir una orden de emergencia de un/a juez/a. Es posible que esto se conozca como una moción de emergencia, una orden de mostrar causa o como algo diferente. Generalmente, un/a juez/a solamente dará un remedio de emergencia si hay una posibilidad de que ocurra un daño serio si no se da ese remedio temporal. También puede ser que el/la juez/a ordene el remedio de emergencia pero además cite para una audiencia en la corte en los días subsiguientes. Luego de la audiencia, el/la juez/a puede decidir si dará el remedio que se le pidió de forma más permanente.