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Información Legal: Wisconsin

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
14 de diciembre de 2023

¿Qué pasa si el agresor viola la orden?

Violar un interdicto intencionalmente es ilegal. Hay dos formas de conseguir ayuda si el/la agresor/a viola el interdicto – a través de la corte criminal y la corte civil.

A Través de la Policía o el Alguacil
Si el/la agresor/a viola el interdicto, usted puede llamar al 911 inmediatamente. En algunos casos, el/la agresor/a puede ser arrestado/a inmediatamente.1 Dígale a los/as oficiales que usted tiene una orden de restricción y el/la agresor/a la está violando.

Es buena idea anotar el nombre de los/as oficiales que atendieron la situación y sus números de placa en caso de que usted quiera darle seguimiento a su caso. Asegúrese de que se haga un informe policial. Si usted tiene la documentación legal de todas las violaciones a la orden, eso puede servirle de ayuda si en algún momento quiere extender o modificar la orden.

Si el/la agresor/a es arrestado/a, entonces el/la fiscal de distrito puede procesarle ya que violar un interdicto es un crimen. Si él/ella es declarado/a culpable por violar una orden de restricción, es posible que le multen o vaya a la cárcel.

A Través del Sistema Judicial Civil
Usted puede solicitar un “desacato civil” por una violación a la orden. El/la agresor/a puede ser acusado/a por desacato civil si él/ella hace cualquier cosa que su interdicto diga que no puede hacer. Para solicitar un desacato civil, vaya a la oficina de el/la secretario/a de la corte y dígale que su agresor/a violó el interdicto y usted quiere solicitar un desacato civil. Un hallazgo de desacato civil puede resultar en una multa o tiempo de cárcel para el/la agresor/a.2

Nota: Si el/la agresor/a viola la orden y la policía no le arresta o acusa por violar una orden judicial, usted puede contactar la Oficina de Servicios para Víctimas del Crimen en Wisconsin si entiende que la policía no tomó las acciones apropiadas. Es posible que también quiera conseguir la ayuda de un/a intercesor/a de violencia doméstica que pueda ayudar a interceder por usted con la policía o el/la fiscal de distrito.

1 Wis. Stat. § 813.12(7)(am)
2 Wis. Stat. § 785.04(1)