WomensLaw sirve y apoya a todas las personas sobrevivientes sin importar su sexo o género.

Información Legal: Washington

Órdenes de Restricción

Ver Todo
Actualizada: 
15 de diciembre de 2023

¿Qué sucede si el agresor viola la orden?

Violar una orden de protección es en contra de la ley. Hay dos maneras de obtener ayuda si el/la agresor/a viola la orden.

Puede presentar una petición de desacato civil por una violación de la orden. Puede ser “desacato civil” si el/la agresor/a hace cualquier cosa que la orden de protección le prohíbe que haga. Para presentar una petición de “desacato civil,” vaya a la oficina de el/la secretario/a en la corte en la que se otorgó la orden y pídale los formularios para presentar una petición de desacato civil.

También puede buscar justicia mediante el sistema de justicia criminal denunciando a el/la agresor/a a la policía.  Violar una orden de protección puede ser un “delito menos grave,” que puede ser castigado con hasta 364 días en la cárcel del condado, una multa de hasta $5,000 o las dos.  En ciertos casos, como cuando han sucedido violaciones anteriores de órdenes de protección o si el/la agresor/a comete una agresión al violar la orden, puede ser un delito grave clase C, lo cual puede recibir un castigo de hasta cinco años en prisión, una multa de hasta $10,000 o las dos.1

Una violación de cualquier de las siguientes dos provisiones resultará en el arresto obligatorio de el/la agresor/a:

  • Violar la parte de la orden que dice “no cause ni amenace con violencia doméstica,” o
  • Entrar en una residencia, un lugar de trabajo, una escuela, una guardería o en otras áreas de las cuales el/la juez/a ha exigido que el/la agresor/a abandone o se mantenga alejado/a.2

Nota: Es importante notar que el arresto es obligatorio cuando la policía responde a una llamada de violencia doméstica aun cuando no hay una orden de protección en vigor si el/la policía tiene causa probable para creer que el/la agresor/a (que tiene 16 años o más de edad) cometió un asalto dentro de las cuatro horas anteriores.3  Para leer más información sobre qué tipo de asalto es necesario que se cometa, usted puede leer nuestra página de WA Estatutos, sección 10.31.100(2)(d).

1 R.C.W. §§ 26.50.110(1)(a),(4),(5); 9A.20.021(1)(c),(2)
2 R.C.W. § 10.31.100(2) 
3 R.C.W. § 10.31.100(2)(c)