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Información Legal: Washington

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
15 de diciembre de 2023

¿Cuál es la definición legal del acecho en Washington?

Para conseguir una orden de protección contra el acecho, es necesario ser víctima de la “conducta de acecho”1 lo que la ley define como cualquiera de lo siguiente:

  • cualquier acto de acecho según la definición legal; o
  • cualquier patrón de conducta que incluye contacto repetido o contínuo, incluyendo intentos de contactar, monitorear, seguir su pista, observar o seguirlo/a que:
    • haría que una persona razonable tenga miedo o se sienta intimidado/a o amenazado/a;
    • de verdad hace que usted tenga miedo o se sienta intimidado/a o amenazado/a; y
    • El/la acechador/a sabe o razonablemente debe saber que su conducta le da miedo, le intimida o le amenaza, aun cuando no quería intimidarle, asustarle o amenazarle.

Si la conducta que parece ser acecho sirve un propósito legal, no puede ser considerada el acecho.2

Nota: El/la juez/a no puede denegarle su orden por no denunciar el acecho a la policía. El/la juez/a tampoco puede exigirle que demuestre o presente pruebas de cuál era la intención del/de la agresor/a cuando actuó para otorgarle una orden de protección contra el acecho.3

1 R.C.W. § 7.92.040
2 R.C.W. § 7.92.020(3)
3 R.C.W. § 7.92.100(1)(b)