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Actualizada: 
15 de diciembre de 2023

¿Cuánto costará solicitar una orden civil contra el acoso?

Es posible que hayan cargos por la presentación y servicio cuando se presenta una petición para una orden civil contra el acoso, dependiendo de la persona en contra de quien usted presenta la petición.1 Si usted busca una orden en contra de un/a agresor/a que le ha acechado, que ha cometido un delito sexual en su contra, o que es un/a miembro de su familia u hogar y ha cometido violencia doméstica en contra de usted, usted debe solicitar una orden de protección contra la violencia doméstica o contra la agresión sexual y no se le puede cobrar por la presentación ni por notificar al/a la agresor/a.2 Si usted presenta una petición en contra de cualquier otra persona, puede haber cargos.

Si usted no puede pagar los cargos por la presentación y por servicio, puede presentar una solicitud para llevar a cabo el proceso “en forma pauperis” que permite que usted le pida al/a la juez/a que cancele los costos. Si el/la juez/a decide que usted no puede pagar, permitirá que usted siga “en forma pauperis” y no tendrá que pagar los cargos por la presentación ni otros costos relacionados a la corte.3

También es posible que usted tenga que pagar los costos por notificarle al/a la agresor/a de los documentos legales para una orden civil contra el acoso.

Nota: Es posible que el/la juez/a mande que el/la agresor/a pague los costos de la presentación y los costos de la corte, incluyendo los costos por servicio, y que le reembolse a usted por los gastos del caso, incluyendo los honorarios razonables de un/a abogado/a.4

1 R.C.W. § 36.18.020(2)(d)
2 R.C.W. § 10.14.055
3 R.C.W. § 10.14.060
4 R.C.W. § 10.14.090(2)