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Información Legal: Washington

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
15 de diciembre de 2023

¿Cómo puedo registrar mi orden de protección en Washington?

Para registrar/presentar su orden de protección en el estado de Washington, debe llevar una copia certificada de su orden de protección a una corte en el condado en el que vive o en el condado donde entiende se tendrá que hacer cumplir la orden.1  No hay un costo asociado a presentar una orden de protección de fuera del estado.2  El/la secretario/a le dará un formulario para llenar en el que debe incluir:

  1. El nombre de la persona que tiene derecho a ser protegida (usted) y cualquier otra persona protegida por la orden (como sus hijos/as);
  2. El nombre y la dirección de el/la agresor/a;
  3. La fecha en que se otorgó la orden de protección;
  4. La fecha en que expira (se vence) la orden de protección;
  5. Los remedios otorgados en la orden (por ejemplo, lo que la orden le da a usted y lo que le prohíbe hacer a el/la agresor/a);
  6. El distrito judicial y la información de contacto de la administración de la corte en la que otorgaron la orden de protección del otro estado;
  7. El número de Seguro Social, fecha de nacimiento y descripción de el/la agresor/a;
  8. Si entiende que el/la agresor/a puede estar armado/a y es peligroso/a;
  9. Si se le notificó la orden de protección a el/la agresor/a y, de ser así, cómo se le notificó la orden; y
  10. El tipo y lugar de cualquier otro proceso legal entre usted y el/la agresor/a.3

Nota: Si no tiene alguna de la información en esta lista, aún puede registrar/presentar su orden en la corte (y luego hacerla cumplir).3  Esta información se debe mantener confidencial.4

Si necesita ayuda registrando su orden de protección, puede contactar a una organización de violencia doméstica local en Washington para asistencia.  Puede encontrar información de estas organizaciones en su área en nuestra página WA Intercesoras y Albergues.

1 R.C.W. § 26.52.030(1)
2 R.C.W. § 26.52.030(3)
3 R.C.W. § 26.52.030(5)
4 Vea el formulario de “Información de Órdenes de Protección Foráneas”, que dice: “Confidencial” y “No Muestre o Notifique esta forma a la persona restringida (el/la agresor/a)” y “No lo archive en el expediente de la corte”.  Este formulario solo está disponible en inglés.