WomensLaw sirve y apoya a todas las personas sobrevivientes sin importar su sexo o género.

Información Legal: Washington

Leyes Estatales Sobre Armas de Fuego

Ver Todo
Actualizada: 
15 de diciembre de 2023

Soy una víctima de violencia doméstica y el agresor tiene un arma de fuego. ¿Es eso legal?

Las leyes del estado de Washington establecen que una persona no puede tener o comprar un arma si:

1. él/ella ha sido declarado/a culpable o fue declarado/a no culpable por razón de demencia de una “ofensa grave”.1  Una ofensa grave puede ser cualquiera de las siguientes o un intento de delito para cometer cualquiera de las siguientes:

  • cualquier “delito de violencia” (definido en RCW 9.41.010(7));
  • cualquier delito de violación de la Ley de Sustancias Controladas, capítulo 69.50 RCW, que es clasificado como un delito clase B o que tiene una sentencia máxima de por los menos diez años;
  • abuso de menores en segundo grado;
  • incesto en contra un/a niño/a menor de catorce años;
  • libertades indecentes;
  • dirigir crimen organizado;
  • promover la prostitución en primer grado;
  • violación en tercer grado;
  • tiroteo desde un vehículo;
  • explotación sexual;
  • agresión u homicidio vehicular por haber manejado bajo la influencia o por imprudencia al manejar;
  • cualquier otra ofensa o delito clase B con un hallazgo de “motivaciones sexuales,” definido en RCW 9.94A.030;
  • cualquier otro delito con una “sentencia de arma mortal,” definida en RCW 9.94A.825;
  • cualquier delito u ofensa cometido antes de Junio 6, 1996 que pueda ser comparable con una “ofensa grave”, o cualquier sentencia federal de cualquier otro estado que pueda ser una “ofensa grave” en el estado de Washington; o
  • cualquier convicción grave por violar los requisitos de verificación de antecedentes penales para la venta de armas bajo RCW 9.41.115.2

2. él/ella ha sido sentenciado/a, o encontrado/a no culpable por razón de demencia, de cualquiera de las siguientes ofensas en contra de un/a familiar o cohabitante del hogar:

3. él/ella tiene una orden de protección en su contra y las siguientes condiciones se cumplen:

  • la orden de protección fue concedida después de una audiencia en donde el/la agresor/a tuvo la oportunidad de presentarse y participar;
  • la orden le prohíbe:
    • a el/la agresor/a hostigar, acosar, amenazar a un/a compañero/a íntimo/a o a el/la hijo/a de un/a compañero/a íntimo/a, o de hacer cualquier cosa que produzca un miedo razonable de daño corporal a un/a compañero/a íntimo/a;
    • el uso, el intento de uso, o la amenaza de usar fuerza física en contra de el/la compañero/a íntimo/a o su hijo/a, que razonablemente pueda causar daño físico; y
  • si la orden incluye (determinado por un/a juez/a) que el/la agresor/a representa una amenaza creíble para la seguridad de su compañero/a íntimo/a o el/la niño/a. 4

4. él/ella:

  • ha sido involuntariamente sometido/a a un tratamiento para su salud mental;
  • es menor de 18 años de edad y no califica para una excepción; o
  • si está esperando por juicio, apelación, o sentencia por una ofensa grave enumerado anteriormente.5

También hay leyes federales de armas de fuego que prohíben que alguien que tiene una orden de protección en su contra o que fue sentenciado/a por ciertos delitos, posea un arma de fuego.  Vaya a nuestra página Leyes Federales sobre Armas de Fuego para más información.

1 R.C.W. § 9.41.040(1)(a)
2 R.C.W. § 9.41.010(23)
3 RCW § 9.41.040(2)(a)(i)
4 RCW § 9.41.040(2)(a)(ii)
5 RCW § 9.41.040(2)(a)(iii),(iv),(v)