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Preparándose para la Corte: Washington

Washington: Leyes Estatales Sobre Armas de Fuego

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Leyes Estatales Sobre Armas de Fuego

Información Básica y Definiciones

¿Cuál es la diferencia entre leyes sobre armas de fuego federales y estatales? ¿Por qué necesito entender ambos?

En estas páginas sobre las leyes de armas de fuego, nos referimos a “leyes federales sobre armas de fuego” y a “leyes estatales sobre armas de fuego”.  La diferencia principal entre las leyes de armas de fuego federales y las leyes estatales se refiere a quién hace la ley, quién procesa a los/as que la incumplen, y qué castigo se aplica a los incumplimientos.

Una razón por la que es importante que conozca que existen estas diferentes leyes es para que pueda entender todas las formas posibles en que un/a agresor/a puede estar incumpliendo la ley, y así poder protegerse mejor.  A través esta sección nos referimos a las leyes estatales la mayoría del tiempo.  Asegúrese también de leer las páginas sobre Leyes de Armas de Fuego Federales para averiguar si algunas de las leyes federales son relevantes a su situación.  Hay que leer las leyes estatales y las leyes federales para ver cuáles, si algunas, han sido violadas por el/la agresor/a.

Si va a llamar a la policía porque entiende que el/la agresor/a ha violado una ley de armas, no necesariamente necesita decirle a la policía cuál ley se ha violado, pero la policía local no puede arrestar a alguien por violar una ley federal, solo por violar las leyes estatales/locales.  Solo la agencia del orden a nivel federal, la Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos (ATF, por sus siglas en inglés), puede arrestar a alguien por violentar éstas las leyes federales.  Si la policía local entiende que se ha violado una ley federal, es posible que le notifiquen a la ATF o a la Fiscalía de los Estados Unidos en su estado - que es la Fiscalía federal.  Para información sobre cómo puede contactar directamente a ATF para reportar la violación de las leyes federales de armas de fuego, vaya a ¿A quién debo notificar si pienso que el agresor no debe poseer un arma? Si el/la agresor/a está violando la ley estatal y la federal, puede ser que lo/a acusen en ambos foros, el estatal y el federal.

¿Cuál es la definición de un delito grave?

En las siguientes páginas nos referiremos a las leyes de armas de fuego que hacen que sea ilegal para alguien declarado/a culpable de un delito grave tener un arma de fuego. Un delito grave es un crimen más serio que un delito menor. Está definido bajo la ley de Washington como un crimen que puede ser castigado con una pena de prisión de más de un año.1 Sin embargo, usted no siempre puede saber si alguien fue declarado/a culpable de un delito grave solamente por el tiempo que pasó en prisión o lo que pagó como fianza, ya que algunas sentencias son reducidas. Si no está seguro/a si el/la agresor/a fue declarado/a culpable de un delito grave, puede que quiera hablar con el/la fiscal que llevó el caso en contra de el/la agresor/a para estar seguro/a o, puede ir al tribunal criminal local y ver si puede revisar los archivos.

1 R.C.W. § 9A.04.040(2)

Soy una víctima de violencia doméstica y el agresor tiene un arma de fuego. ¿Es eso legal?

Las leyes del estado de Washington establecen que una persona no puede tener o comprar un arma si:

1. él/ella ha sido declarado/a culpable o fue declarado/a no culpable por razón de demencia de una “ofensa grave”.1  Una ofensa grave puede ser cualquiera de las siguientes o un intento de delito para cometer cualquiera de las siguientes:

  • cualquier “delito de violencia” (definido en RCW 9.41.010(7));
  • cualquier delito de violación de la Ley de Sustancias Controladas, capítulo 69.50 RCW, que es clasificado como un delito clase B o que tiene una sentencia máxima de por los menos diez años;
  • abuso de menores en segundo grado;
  • incesto en contra un/a niño/a menor de catorce años;
  • libertades indecentes;
  • dirigir crimen organizado;
  • promover la prostitución en primer grado;
  • violación en tercer grado;
  • tiroteo desde un vehículo;
  • explotación sexual;
  • agresión u homicidio vehicular por haber manejado bajo la influencia o por imprudencia al manejar;
  • cualquier otra ofensa o delito clase B con un hallazgo de “motivaciones sexuales,” definido en RCW 9.94A.030;
  • cualquier otro delito con una “sentencia de arma mortal,” definida en RCW 9.94A.825;
  • cualquier delito u ofensa cometido antes de Junio 6, 1996 que pueda ser comparable con una “ofensa grave”, o cualquier sentencia federal de cualquier otro estado que pueda ser una “ofensa grave” en el estado de Washington; o
  • cualquier convicción grave por violar los requisitos de verificación de antecedentes penales para la venta de armas bajo RCW 9.41.115.2

2. él/ella ha sido sentenciado/a, o encontrado/a no culpable por razón de demencia, de cualquiera de las siguientes ofensas en contra de un/a familiar o cohabitante del hogar:

3. él/ella tiene una orden de protección en su contra y las siguientes condiciones se cumplen:

  • la orden de protección fue concedida después de una audiencia en donde el/la agresor/a tuvo la oportunidad de presentarse y participar;
  • la orden le prohíbe:
    • a el/la agresor/a hostigar, acosar, amenazar a un/a compañero/a íntimo/a o a el/la hijo/a de un/a compañero/a íntimo/a, o de hacer cualquier cosa que produzca un miedo razonable de daño corporal a un/a compañero/a íntimo/a;
    • el uso, el intento de uso, o la amenaza de usar fuerza física en contra de el/la compañero/a íntimo/a o su hijo/a, que razonablemente pueda causar daño físico; y
  • si la orden incluye (determinado por un/a juez/a) que el/la agresor/a representa una amenaza creíble para la seguridad de su compañero/a íntimo/a o el/la niño/a. 4

4. él/ella:

  • ha sido involuntariamente sometido/a a un tratamiento para su salud mental;
  • es menor de 18 años de edad y no califica para una excepción; o
  • si está esperando por juicio, apelación, o sentencia por una ofensa grave enumerado anteriormente.5

También hay leyes federales de armas de fuego que prohíben que alguien que tiene una orden de protección en su contra o que fue sentenciado/a por ciertos delitos, posea un arma de fuego.  Vaya a nuestra página Leyes Federales sobre Armas de Fuego para más información.

1 R.C.W. § 9.41.040(1)(a)
2 R.C.W. § 9.41.010(23)
3 RCW § 9.41.040(2)(a)(i)
4 RCW § 9.41.040(2)(a)(ii)
5 RCW § 9.41.040(2)(a)(iii),(iv),(v)

Armas de Fuego y Órdenes de Protección

Tengo una orden de protección temporal (ex parte) o preliminar en contra del agresor. ¿Necesito esperar hasta recibir la orden de protección final antes de que le quiten el arma de fuego al agresor?

La ley estatal de Washington le permite a un/a juez/a ordenar en una audiencia de una orden temporal (ex parte) que el arma de fuego de un/a agresor/a sea removida. Para ello, el/la juez/a debe concluir que “que puede resultar en un daño irreparable” si el/las arma(s) de fuego de el/la agresor/a no son removidas antes de la audiencia final de la orden de protección.1

Sin embargo, si no hay una mención específica restringiendo las armas de fuego en la orden temporal de restricción, entonces usted deberá esperar hasta que le sea entregada la orden permanente.

1 R.C.W. § 9.41.800(4)

Tengo una orden de protección en contra del agresor. ¿Puede él/ella conservar el arma de fuego o comprar una nueva?

Las leyes del estado de Washington establecen que si un/a agresor/a tiene una orden de protección en su contra (incluyendo órdenes de protección contra la violencia doméstica (DVOP),  órdenes de protección contra la agresión sexual, órdenes de protección contra el acecho, u órdenes civiles contra el acoso) emitida bajo ciertas condiciones, es ilegal para él/ella tener o comprar una nueva arma de fuego.  Para más información, vea Soy víctima de violencia doméstica y el agresor tiene un arma de fuego. ¿Es eso legal?

Las leyes federales, que aplican en todos los estados, también restringen el derecho de el/la agresor/a de tener un arma de fuego si usted tiene una orden de protección en su contra que cumpla con ciertos requerimientos, aun si el/la juez/a no le haya prohibido a el/la agresor/a en la orden de protección tener un arma de fuego.  Vaya a Leyes Federales sobre Armas de Fuego para obtener más información.

Si usted teme por su seguridad, hable con su organización local de violencia doméstica.  Vaya a WA Intercesoras y Albergues para conseguir un programa en su área.

¿Hay algo que pueda hacer para que sea más probable que le retiren el arma de fuego al agresor una vez que obtenga la orden de protección?

Si usted recibe una orden de protección por violencia doméstica, una orden de protección por agresión sexual, una orden de protección por acoso o una orden civil en contra del acoso que cumpla con los estándares explicados en Soy víctima de violencia doméstica y el agresor tiene un arma de fuego. ¿Es eso legal?, debería ser claro para el/la agresor/a y la agencia de orden público que es ilegal para él/ella tener un arma de fuego en su posesión bajo las leyes estatales del estado de Washington1 y bajo la ley federal.

Sin embargo, aun cuando la orden no cumpla con todos los requisitos, el/la juez/a deberá ordenar que el/la agresor/a tenga prohibido comprar o poseer un arma de fuego si el/la juez/a considera que hay una “evidencia clara y convincente” de que el/la agresor/a ha usado, mostrado, o amenazado con usar un arma de fuego o un arma peligrosa mientras cometía un delito o había previamente cometido un delito que pudiera imposibilitarle comprar o tener un arma de fuego.  Si el/la juez/a considera por “preponderancia de la prueba” que el/la agresor/a hizo algo de lo anterior, el/la juez/a tiene la opción de ordenar que se le prohíba a el/la agresor/a comprar o tener un arma de fuego pero no es obligatorio para el/la juez/a hacer esto.2

1 RCW § 9.41.040(2)(a)(ii)
2 RCW § 9.41.800(1)

¿Cuál es el castigo si el agresor tiene un arma de fuego en violación de mi orden de protección?

Si el/la agresor/a tiene prohibido poseer un arma de fuego como parte de una orden de protección y viola esa prohibición, entonces bajo la ley del estado de Washington, él/ella será castigado/a criminalmente.  Violar una orden de protección es un delito menos grave, castigado con hasta 364 días en prisión o con una fianza de hasta $5,000, o ambas.1

También puede ser violada la ley federal si alguien tiene un arma de fuego teniendo una orden de protección en su contra.  Para más información, vea Leyes Federales sobre Armas de Fuego.

1 R.C.W. §§ 26.50.110, 9.92.020

Armas de Fuego y Condenas Criminales

Si el agresor ha sido condenado por un crimen, ¿puede conservar o comprar un arma?

Depende.  Si el/la agresor/a fue sentenciado/a por varios delitos, tiene una orden de protección (incluyendo órdenes de protección contra la violencia doméstica (DVOP),  órdenes de protección contra la agresión sexual, órdenes de protección contra el acecho, u órdenes civiles contra el acoso) en su contra o, cumple con otras condiciones, puede no tener derecho a tener un arma legalmente.

La ley del estado de Washington establece que una persona no puede tener o comprar un arma de fuego si:

1. él/ella ha sido sentenciado/a o encontrado/a no culpable por razón de demencia de una “ofensa grave”.1  Una ofensa grave puede ser cualquiera de las siguientes (o un intento de delito para cometer cualquiera de las siguientes):

  • cualquier “delito de violencia” (definido en RCW 9.41.010(b));
  • cualquier delito de violación de la Ley de Sustancias Controladas, capítulo 69.50 RCW (sobre delitos relacionados con drogas), que es clasificado como un delito clase B o que tiene una sentencia máxima de por los menos diez años;
  • abuso de menores en segundo grado;
  • incesto en contra un/a niño/a menor de catorce años;
  • libertades indecentes;
  • dirigir crimen organizado;
  • promover la prostitución en primer grado;
  • violación en tercer grado;
  • tiroteo desde un vehículo;
  • explotación sexual;
  • agresión u homicidio vehicular por haber manejado bajo la influencia o por imprudencia al manejar
  • cualquier otra ofensa o delito clase B con un hallazgo de “motivaciones sexuales”, (definido en RCW 9.94A.030);
  • cualquier otro delito con una “sentencia de arma mortal”, (definida en RCW 9.94A.825);
  • cualquier delito u ofensa cometido antes de Junio 6, 1996 que pueda ser comparable con una “ofensa grave”, o cualquier sentencia federal de cualquier otro estado que pueda ser una “ofensa grave” en el estado de Washington; o
  • cualquier convicción grave por violar los requisitos de verificación de antecedentes penales para la venta de armas (bajo RCW 9.41.115).2

2. él/ella ha sido sentenciado/a, o encontrado/a no culpable por razón de demencia, de cualquiera de las siguientes ofensas en contra de un/a familiar o cohabitante del hogar:

También hay leyes federales de armas de fuego que prohíben a alguien que ha tenido una orden de protección en su contra o que fue sentenciado/a por ciertos delitos de poseer un arma de fuego.  Vaya a nuestra página Leyes Federales sobre Armas de Fuego para más información.

1 R.C.W. § 9.41.010(23)
2 RCW § 9.41.040(2)(a)(i)

¿Cómo puedo saber si el agresor ha sido declarado culpable por un delito?

Los registros de delitos menores y mayores son accesibles al público pero no son siempre fáciles de acceder.  Si usted sabe exactamente el tribunal de justicia en donde el/la agresor/a pudo haber sido sentenciado/a, puede ir a ese tribunal y pedirle a el/la secretario/a tener acceso a esos registros.

La ley federal prohíbe específicamente la posesión de un arma de fuego si la persona ha sido sentenciado/a por cualquier delito mayor o por un delito menor de violencia intrafamiliar.  Los registros criminales que calificarían a la persona como no elegible para comprar un arma de fuego también son mantenidos en el Centro Nacional Instantáneo sobre Antecedentes (NICS por sus siglas en inglés).  Sin embargo, sólo los/as oficiales del orden público y los/as vendedores oficiales de armas de fuego, pueden acceder a los registros de NICS.  Su departamento de policía puede estar dispuesto a acceder a NICS si usted se lo pide, pero ellos/as no están obligados/as a hacerlo.

Para leer más sobre NICS, por favor vea la pregunta, ¿Qué pasará si el agresor trata de comprar un arma?

El Abusador No Debería Tener un Arma… ¿Ahora Qué?

Si se le retira el arma al agresor, ¿qué ocurrirá con ella?

La ley estatal del estado de Washington establece que las armas de fuego pueden ser entregadas a el/la alguacil, el/la jefe/a de la policía, el/la abogado/a de el/la agresor/a (si tiene uno/a) o a cualquier otra persona escogida por el/la juez/a.1 Si se le dan las armas de fuego a la policía, puede que sea posible avisarle a usted antes de que se las devuelvan. La ley dice que un/a pariente o un miembro del hogar puede utilizar “un número de incidente o caso” para pedirle a la policía que le avise antes de devolverle el arma de fuego.2 El mismo número de caso (o “cause number”) que está en su orden de protección debe estar en la orden de entregar las armas, la prueba de la rendición, y el recibo para las armas.

Desde el momento en que le notifique a usted (por teléfono, email, mensaje de texto u otro método), la policía tiene que esperar por lo menos 72 horas antes de devolverle el arma de fuego.3

1 R.C.W. § 9.41.800(7)
2 R.C.W. § 9.41.340(1)
3 R.C.W. §§ 9.41.340(1)(a); 9.41.345(3)(b)

¿A quién debo notificar si pienso que el agresor no debe poseer un arma?

Si piensa que el/la agresor/a está violando las leyes estatales de armas de fuego, puede llamar a la policía local, a la oficina de el/la alguacil (sheriff) o a la Policía Estatal.  Si piensa que el/la agresor/a está violando las leyes de armas federales, puede llamar a la Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos (ATF, por sus siglas en inglés).

Puede encontrar información para los departamentos de el/la alguacil (sheriff) en su área en nuestra página WA Comisarías del Sheriff.

Puede encontrar las oficinas de ATF en Washington en el sitio de web de ATF.  Para reportar actividad ilegal de armas de fuego, una persona puede también llamar a 1-800-ATF-GUNS (1-800-283-4867).  Muchas oficinas de ATF tienen defensores/as de víctimas (“coordinadores/as de víctimas/testigos”).  Quizás pueda hablar con uno/a de estos/as defensores/as si está teniendo problemas contactando de un/a oficial de ATF.

Una organización local que trabaje con violencia doméstica también puede ser que pueda ayudarle a hablar con los/as oficiales del orden necesarios/as.  Puede encontrar información de contacto de organizaciones en su área en nuestra página WA Intercesoras y Albergues.

Nota: Generalmente, el/la agresor/a no tiene que tener conocimiento de la ley para ser arrestado/a por violarla.  Si el/la agresor/a tiene o compra un arma de fuego en violación de la ley, el/la agresor/a puede ser arrestado/a, aún si sabe o no que está violando la ley.1

1United States v. Lippman, 369 F. 3d 1039 (8th Cir. 2004); United States v. Henson, 55 F. Supp. 2d 528 (S.D. W.V. 1999)

¿Qué pasará si el agresor trata de comprar un arma?

Antes de comprar un arma de fuego de un/a vendedor/a licenciado/a, todos los/las compradores/as deben someterse a un chequeo de antecedentes penales realizado por el Sistema Nacional de Chequeo Instantáneo de Antecedentes Penales (“National Instant Criminal Background Check System,” o “NICS” por sus siglas en inglés). El Sistema Nacional de Chequeo Instantáneo de Antecedentes Penales es utilizado por los/as licenciatarios/as federales de armas de fuego (“FFLs,” por sus siglas en inglés) para determinar de forma instantánea si alguien es elegible para recibir explosivos o armas de fuego.1 Si el/la agresor/a tiene una orden de protección calificada en su contra o, si ha sido sentenciado/a por un delito grave o un delito menos grave por violencia doméstica intrafamiliar en cualquier estado, esos registros deben estar en el NICS, lo cual debería imposibilitarle a el/la agresor/a comprar un arma de fuego. No todos los estados tienen un sistema automatizado de registro, lo que dificulta el proceso de verificación de antecedentes penales, por lo tanto, algunos criminales y agresores/as logran burlar el sistema. También es importante saber que no se necesita una verificación de antecedentes penales para ventas privadas y a través del Internet.

Si el/la agresor/a pudo comprar un arma y usted entiende que él/ella no debe tener una legalmente, usted puede avisarle a la policía y pedir que le quiten el arma y quizás ellos/as lo/a investigarán. Generalmente no es buena idea asumir que porque el/la agresor/a pudo comprar un arma, es legal que la tenga.

1National Criminal Justice Reference Service website

¿Cuál es la pena por violar las leyes estatales o federales de armas de fuego?

La penalidad por poseer ilegalmente un arma de fuego depende de las circunstancias.  Si el/la agresor/a fue declarado/a culpable de un delito grave que se considera una “infracción seria” bajo la ley, o si fue declarado/a no culpable por razones de demencia de tal infracción, puede ser culpable de poseer ilegalmente un arma de fuego en primer grado, lo cual es un delito grave clase B.  Un delito grave clase B puede ser castigado con hasta 10 años en prisión, una multa de hasta $20,000 o las dos.1

El/la agresor/a puede ser culpable de poseer ilegalmente un arma de fuego en segundo grado, lo cual es un delito grave clase C si:

  • fue declarado/a culpable de un delito grave que no es una “infracción seria,” o si fue declarado/a culpable por razones de demencia por tal infracción; 
  • fue declarado/a culpable de ciertos delitos menores en contra de un miembro de su familia u hogar (ataque en cuarto grado, acecho y más); 
  • posee un arma de fuego mientras haya una orden de protección en su contra que cumpla ciertos requisitos;
  • fue ingresado/a involuntariamente en una facilidad para tratamiento de salud mental;
  • es menor de los dieciocho años de edad; o
  • está en libertad condicional bajo fianza o su propia responsabilidad antes de un juicio, una apelación o la sentencia por una “infracción seria.”2

Un delito grave clase C puede ser castigado con hasta 5 años en prisión, una multa de hasta $10,000, o las dos.3

También, bajo la ley federal, cualquier persona que tenga, lleve o compre un arma en violación de la ley federal sobre armas de fuego puede ser castigada con una multa, prisión de hasta 10 años, o ambas.4  Para más información, vea Leyes Federales sobre Armas de Fuego.

1 R.C.W. §§ 9.41.040(1); 9A.20.021(1)(b)
2 R.C.W. § 9.41.040(2)(a),(c)
3 R.C.W. § 9A.20.021(1)(c)
418 USC § 924(a)(2)

Más información y Lugares que Ayudan

No tengo una orden de protección contra el agresor y no ha sido condenado por un delito. ¿Puede tener o comprar un arma?

En Washington, aun cuando usted no tiene una orden de protección que le prohíba a el/la agresor/a tener un arma de fuego y, aunque el/la agresor/a no haya sido sentenciado/a por ningún delito, las siguientes personas no pueden poseer ni comprar un arma de fuego:

Si ninguna de estas situaciones aplica, usted todavía puede hacer un plan para su seguridad.  Vea nuestra página Planificación de Seguridad para más información.  Usted también puede contactar a su organización local de violencia doméstica para ayuda adicional.  Puede que quiera hablar con ellos/as sobre irse del área, por un largo o corto período de tiempo, para aumentar su seguridad.  Vea nuestra página WA Intercesoras y Albergues para conseguir una organización de violencia doméstica en su área.

Para más información sobre las leyes de armas de fuego en Washington, puede ir al sitio web del Centro Legal para Prevenir la Violencia con Pistolas.

1 R.C.W. § 9.41.040(2)(a)(iii) - (vi)

He leído toda la información pero todavía estoy confundida. ¿Qué puedo hacer?

Intentar comprender las leyes federales y estales puede ser confuso, pero hay personas que pueden ayudarle a comprender mejor la ley y sus derechos ante la ley.

  • Usted puede contactar al Centro Nacional para Órdenes de Protección y Entera Fe & Crédito para obtener más información sobre la ley federal de armas de fuego y cómo ésta aplicaría a su caso: 1-800-903-0111 ext. 2.
  • Nos puede contactar escribiéndonos a nuestra Línea Informativa por Email.
  • Puede contactar uno de los programas locales contra la violencia domeéstica en su área.