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Información Legal: Virginia

Custodia

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Actualizada: 
19 de diciembre de 2023

Si hay una orden de custodia en vigor, ¿puedo mudarme?

Las órdenes de custodia en Virginia deben incluir una condición que dice que si uno de los padres quiere mudarse, tiene que avisarles a el/la otro/a padre/madre y a la corte por escrito con 30 días de anticipación.  El aviso tiene que incluir la dirección de la residencia adónde quiere mudarse, a menos que el/la juez/a diga que no es necesario proporcionar su dirección.1  Nota: La ley no indica la distancia de la mudanza que sería considerada un “traslado”.  Si no está seguro/a si aplica a su situación, por favor, pídale consejo a un/a abogado/a.  También podría ser una buena idea preguntarle a un/a abogado/a sobre la mejor manera de guardar una copia del aviso que le envía a el/la otro/a padre/madre (por ejemplo, enviárselo con acuse de recibo, etc.)  Al recibir el aviso, es posible que el/la otro/a padre/madre se oponga a su intento de mudarse, especialmente si interfiere con su tiempo con los/las hijos/as.  En ese caso, es posible que tenga que pedirle a la corte que cambie la orden para permitirle mudarse y que modifique el horario de visitas para que la mudanza no viole la orden de visitas de el/la otro/a padre/madre. 

La corte decidirá si va a permitir o no que el/la hijo/a se mude según el mejor bienestar de el/la menor.  Para más información sobre cómo se puede cambiar su orden de custodia, vea, por favor, Si una orden de custodia ya está en vigor, ¿puedo cambiarla?  Advertencia: Si su orden de custodia dice que no puede llevarse a su hijo/a fuera del estado o si mudarse del estado sería una violación del derecho a visitas de el/la otro/a padre/madre, la corte podría declararle en desacato al tribunal o acusarle de secuestro parental o los dos.2 

Nota: Si está en peligro y necesita salir del estado para protegerse a sí mismo/a o para proteger a su hijo/a, es posible que pueda presentar una petición de custodia temporal de emergencia en el estado a dónde huye.  Conseguir una orden temporal significaría que tiene custodia legal de su hijo/a por ahora pero es posible que se le notifique a el/la agresor/a que usted solicitó custodia en ese estado, lo cual podría hacer que sea más fácil para él/ella encontrarle.  Para más información sobre cómo se puede conseguir esto, vea ¿Puedo obtener una custodia temporal de emergencia?  Por favor, hable con un/a abogado/a antes de salir del estado si es posible.  Vaya a la página de VA Encontrando a un Abogado para abogados/as gratuitos/as y pagados/as.

1 Va. Code § 20-124.5
2 Va. Code §§ 18.2-49.1; 18.2-47(D)