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Información Legal: Utah

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
19 de julio de 2023

Se me otorgó la custodia temporal mediante mi orden de restricción. ¿Puedo llevarme a mis hijos fuera del estado?

Si puede sacar a los/as menores del estado dependerá de lo que esté escrito en la orden de custodia de su orden de protección. Es posible que necesite pedirle permiso a la corte antes de partir. Si le han sido otorgados derechos de visitación de los/as niños/as a el/la agresor/a, es probable que tenga que cambiar la orden o demostrarle a la corte de que existe una alternativa, justa y viable, al calendario de visitación actual.

Para leer más sobre leyes de custodia en Utah, visite nuestra página de Custodia de Utah.

Si no está seguro/a si se puede llevar a sus hijos/as fuera del estado, es importante que hable con un/a intercesor/a de violencia doméstica o con un/a abogado/a con conocimiento en violencia doméstica y leyes sobre custodia, quien puede ayudarle a tomar la decisión más segura para usted y sus hijos/as. Podrá encontrar información de contacto de organizaciones de violencia doméstica y asistencia legal en Utah en nuestra página UT Lugares que Ayudan.

Me fue otorgada la custodia temporal mediante mi orden de protección. ¿Esta orden de custodia se puede hacer cumplir en otro estado?

La custodia, visitación y cualquier provisión de manutención de menores que haya sido incluida en la orden de protección se tiene que respetar en todos los estados. Tanto la policía como las cortes en otros estados tienen la obligación, por ley federal, de hacer cumplir esas provisiones.1

1 18 USC 2266