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Información Legal: Texas

Leyes Estatales sobre Armas de Fuego

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Actualizada: 
28 de julio de 2023

Tengo una orden de protección temporal contra mi agresor. ¿Tendré que esperar hasta que reciba una orden permanente antes de que se le quite el arma a mi agresor?

Cada orden de protección, incluyendo una temporal (ex parte), debe tener este aviso impreso en la orden:

“IT IS UNLAWFUL FOR ANY PERSON, OTHER THAN A PEACE OFFICER, AS DEFINED BY SECTION 1.07, PENAL CODE, ACTIVELY ENGAGED IN EMPLOYMENT AS A SWORN, FULL-TIME PAID EMPLOYEE OF A STATE AGENCY OR POLITICAL SUBDIVISION, WHO IS SUBJECT TO A PROTECTIVE ORDER TO POSSESS A FIREARM OR AMMUNITION.” Aunque el aviso va a ser impreso en inglés, esta es la traducción: “Es ilegal para cualquier persona, a excepción de un agente de las fuerzas del orden, como esta definido en la sección 1.07 del código penal, contratado como un empleado de una agencia estatal o subdivisión política, jurado y a tiempo completo, que está sujeta a una orden de protección poseer un arma de fuego o munición.”

Además, habrá un recuadro (número 4, letra i) que el juez puede marcar en su orden temporal que indica que el demandado no puede poseer un arma ni municiones mientras la orden temporal está en vigencia y que su licencia para llevar una pistola oculta (“concealed handgun”) sea suspendida inmediatamente.

1 Tex. Fam. Code § 85.026(a)

Tengo una orden de protección en contra del agresor. ¿Puede tener o comprar un arma nueva?

Si usted tiene una orden de protección contra el agresor, existen leyes estatales que limitan a su agresor tener un arma de fuego a menos que su agresor sea un empleado de una agencia estatal o subdivisión política, jurado y a tiempo completo. Vea Soy víctima de violencia doméstica y el agresor tiene un arma de fuego. ¿Es eso legal? para obtener mayor información.

Las leyes federales, que son aplicadas a todos los estados por igual, también restringen los derechos de un agresor a tener o comprar un arma de fuego si él tiene una orden de protección en contra suya, siempre y cuando la orden cumpla con ciertos requisitos. Vea Leyes Federales de Armas de Fuego para más información.

Las leyes estatales y federales que prohíben al agresor tener un arma de fuego son válidas durante el período de tiempo en que la orden de protección esta vigente. La fecha de vencimiento debe ser escrita en la página dos de su orden de protección. La fecha de caducidad de su orden de protección es el tiempo especificado (hasta 2 años) de la fecha estampada. La fecha indicada es cuando se vence su orden.

Para hablar con alguien en su área sobre leyes locales sobre armas de fuego o para planear su seguridad, vea las páginas de TX Intercesoras y Albergues para encontrar un programa en su área.

¿Hay algo que pueda hacer para que sea más probable que le quiten el arma a mi agresor cuando consiga una orden de protección?

Debe haber una frase en su orden de protección que indique que el demandado (persona que tiene un orden en su contra) no puede poseer armas de fuego ni municiones mientras la orden este en vigencia.1 Usted debe asegurarse que esta información sea incluída en su orden.

Sin embargo, también puede ser importante decirle al juez si el agresor tiene armas, cuántas tiene y si la ha amenazado con un arma(s).

También puede ser útil si el juez le explica lo que sucederá con las armas de su agresor, quien las tomará y donde serán guardadas una vez que usted salga de la corte. Aunque el juez pueda negar su pedido, usted aun querrá preguntarle al juez que:

  • Ordene al agresor que entregue sus armas a la policía o que la policía vaya a la casa del agresor y las confisque.
  • Que este claro para usted y su agresor cuanto tiempo las armas serán retenidas.
  • Ordene que la policía le notifique cuando las armas le sean de vueltas a su agresor.

1 Tex. Penal Code § 25.07(a)