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Información Legal: Carolina del Sur

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
13 de noviembre de 2023

¿Necesito hacer alguna cosa especial para que mi orden de protección se pueda hacer cumplir en otro estado?

En algunos estados, usted va a necesitar una copia certificada de su orden de protección. Una copia certificada demuestra que es una copia cierta y correcta; la misma está firmada e iniciada por el/la secretario/a de la corte que le dio la orden, y usualmente tiene algún tipo de sello de la corte. En Carolina del Sur, una orden certificada tiene la firma original de un/a juez/a o una estampa y un sello. 

La copia que usted recibió originalmente debió ser una copia certificada.1 Si la copia que usted recibió originalmente no es una copia certificada, usted debe ir a la corte en donde fue emitida su orden de protección y pedirle a el/la secretario/a de la corte una copia certificada. No hay costo alguno por conseguir una copia certificada de una orden de protección de Carolina del Sur. 

Nota: Usualmente, es una buena idea que guarde una copia de la orden todo el tiempo. También, deje copias de su orden de protección en su trabajo, su casa, la escuela o guardería de sus hijos, en su carro, con un vecino, y otros. Dele una copia al vigilante de seguridad o la recepcionista donde vive y/o trabaja con una foto del agresor. Dele una copia de la orden a cualquiera que sea nombrado o protegido por la orden.

1 S.C. Code Ann. § 20-4-80