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Información Legal: Puerto Rico

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
25 de noviembre de 2023

¿Qué protecciones puede conseguir un adulto mayor en una orden de protección?

El tribunal puede ordenar una o varias de las siguientes medidas:

  • Ordenarle a el/la agresor/a a desalojar la casa que comparte con la víctima, independientemente del derecho que pueda reclamar sobre la propiedad;
  • Ordenarle a el/la agresor/a que deje de molestar, hostigar, perseguir, intimidar, y amenazar a la víctima o de cualquier otra forma interferir con sus derechos legales;
  • Ordenarle a el/la agresor/a que no entre al lugar donde se encuentra la víctima cuando esto es necesario para prevenir que éste/a moleste, intimide, amenace, perturbe la tranquilidad o de cualquier otra forma interfiera con la víctima;
  • En algunos casos, ordenarle a el/la agresor/a a pagarle una pensión a la víctima;
  • Prohibirle a el/la agresor/a a tomar decisiones (disponer) de los bienes de la víctima; (Nota: Si se trata de la administración de un negocio, se deberá presentar un informe mensual al tribunal sobre sus gestiones);
  • Ordenar cualquier medida temporera sobre la posesión y uso de la residencia de las partes y sus bienes muebles;
  • Ordenarle a el/la agresor/a a que pague una cantidad de dinero (indemnización económica) por los daños que fueron causados por el maltrato y/o negligencia. Esta cantidad de dinero puede incluir, pero no se limita a, gastos de de mudanza, por reparaciones a la propiedad, legales, médicos, psiquiátricos, psicológicos, de consejería, orientación, alojamiento, albergue, asistencia tecnológica y otros gastos similares;
  • Ordenarle a el/la dueño/a o encargado/a de una residencia o un hospital donde se encuentre la víctima a tomar las medidas necesarias para que no se viole la orden; y
  • Ordenar cualquier cosa que sea necesaria.1

1 8 L.P.R.A § 1519