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Información Legal: Puerto Rico

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
25 de noviembre de 2023

¿Quién puede solicitar una orden de protección contra el acecho?

Cualquier persona que haya sido víctima de acecho (como se define por la ley) podrá presentar una petición en el tribunal solicitando una orden de protección contra el acecho por sí, por conducto de su representante legal o por un agente del orden público.1  Además, cualquier persona podrá solicitar la orden a favor de cualquier otra persona cuando ésta sufra de incapacidad física o mental, en caso de emergencia, o cuando la persona se encuentre impedida de solicitarla por sí misma.2

Si alguien está acechado en su trabajo, un/a patrono/a podrá solicitar una orden de protección a favor de un/a empleado/ quien es o ha sido víctima de acecho que ha ocurrido en el lugar de trabajo o en las inmediaciones del lugar de trabajo.  Sin embargo, antes de iniciar este procedimiento, el/la patrono/a deberá notificarle a su empleado/a de su intención de solicitar la orden de protección.3

1 33 L.P.R.A. § 4015(a)
2 33 L.P.R.A. § 4015(e)
3 33 L.P.R.A. § 4015(b)