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Información Legal: Puerto Rico

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
25 de noviembre de 2023

¿Necesito hacer algo en especial para hacer cumplir mi orden de protección en otro estado?

En ciertos estados será necesario que obtenga una copia certificada de su orden de protección. Una copia certificada demuestra que esta es una copia “real y correcta”, además, está firmada y tiene las iniciales del asistente de la corte quien le dio la orden y usualmente lleva una estampa de la corte.

En Puerto Rico al ser solicitada y concedida a la víctima una orden de protección, el tribunal le entrega a esta una copia firmada por el honorable juez y ponchada en original con el sello del tribunal de Puerto Rico. De requerir una copia certificada adicional puede solicitarla en el tribunal en que fue emitida y el costo es uno nominal, lo que cuesta un sello de rentas internas por la cantidad de páginas que tenga dicha orden.

Nota: Es una buena idea mantener una copia de la orden con usted en todo momento. Querrá también traer consigo varias copias de su orden al mudarse. Deje copias de la orden en su lugar de trabajo, en casa, en la escuela o guardería de sus niños, en su auto, con un vecino de confianza, etc. Puede que quiera dejar una copia al guardia de seguridad o al portero del sitio donde trabaja y/o vive. Puede que quiera darle una copia a toda persona que sea nombrada y protegida en la orden de protección.