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Actualizada: 
25 de noviembre de 2023

Me fue otorgada la custodia temporal mediante mi orden de protección. ¿Puedo llevarme a mis niños fuera del estado?

Puede ser. Dependerá de lo que este escrito en la orden de custodia de su orden de protección. Es posible que requiera obtener el permiso de la corte antes de partir. Si le han sido otorgados derechos de visitación de los niños a su agresor, es probable que tenga que cambiar la orden o demostrarle a la corte de que existe una alternativa, justa y viable, al calendario de visitación actual.

Para leer más sobre leyes de custodia en Puerto Rico, visite nuestra página PR Custodia

Si no está segura si se puede llevar a sus niños fuera del estado, es importante que hable con un consejero profesional de violencia doméstica o con un abogado con conocimientos de violencia doméstica y leyes sobre custodia, quien puede ayudarla a tomar la decisión más segura para usted y sus niños. Podrá encontrar información de contactos de organizaciones de violencia doméstica y asistencia legal en el área de PR en nuestra página PR Lugares que Ayudan