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Información Legal: Puerto Rico

Armas de Fuego

Actualizada: 
25 de noviembre de 2023

Si se le quita el arma al agresor, ¿qué pasará con el arma?

Bajo la ley de Puerto Rico, cuando se da una orden de protección, la licencia de portación de armas de fuego de el/la agresor/a es suspendida y cualquier arma que tenga debe ser entregada a la policía. Esta suspensión durará al menos hasta que la orden de protección expire. Si hay una sentencia criminal basada en una violación a la orden de protección, la licencia de armas de el/la agresor/a será revocada permanentemente y le quitarán todas las armas de fuego.1

Siempre y cuando las armas de fuego no hayan sido usadas en un crimen, el/la dueño del arma puede vender, donar o entregarle las armas a alguien con una licencia de armas vigente o a un/a armero/a en vez de entregárselas a la policía.2

Además, un/a oficial de la policía puede quitar (incautar) un arma de fuego, licencia de armas y munición si:

  1. el/la oficial cree que la persona con el arma de fuego:
    • tiene o utilizará el arma para causarle daño a otra persona de forma ilegal;
    • amenazó con cometer un crimen;
    • amenazó con quitarse la vida;
    • demostró repetidas veces que es descuidado/a en el manejo de un arma;
    • tiene una condición mental; o
    • es adicto/a al alcohol o a las drogas; o
  2. ​hay una situación de emergencia de riesgo o peligro grave que requiera que un arma de fuego sea quitada.3

Las armas de fuego y municiones que hayan sido quitadas (incautadas) por la policía o entregadas a la policía de forma voluntaria serán guardadas en el almacén de armas y municiones de la policía. Las armas que no sean devueltas a sus dueños/as después de al menos tres años bajo custodia de la policía, pueden ser destruidas, vendidas, intercambiadas, donadas o asignadas.4

1 8 L.P.R.A. § 621
2 25 L.P.R.A. § 462h
3 25 L.P.R.A. § 462l
4 25 L.P.R.A. § 467h

¿A quién le notifico si pienso que el agresor no debe poseer un arma?

Si piensa que el/la agresor/a está violando las leyes estatales de armas de fuego, puede llamar a la policía local, a la oficina de el/la alguacil (sheriff) o a la policía estatal. Si piensa que el/la agresor/a está violando las leyes de armas federales, puede llamar a la Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos (ATF, por sus siglas en inglés).

Puede encontrar las oficinas de ATF para Puerto Rico en el sitio de web de ATF. Para reportar actividad ilegal de armas de fuego, una persona puede también llamar a 1-800-ATF-GUNS (1-800-283-4867). Muchas oficinas de ATF tienen intercesores/as de víctimas, llamados/as “coordinadores/as de víctimas/testigos”. Quizás pueda hablar con uno/a de estos/as intercesores/as si está teniendo problemas contactando (o recibiendo una llamada de vuelta) de un/a oficial de ATF.

Una organización local que trabaje con violencia doméstica también puede ser que pueda contestar sus preguntas y ayudarle a hablar con los/as oficiales del orden necesarios/as. Puede encontrar información de contacto de organizaciones en su área en nuestra página Puerto Rico: Intercesoras y Albergues.

Nota: Generalmente, el/la agresor/a no tiene que tener conocimiento de la ley para ser arrestado/a por violarla. Si el/la agresor/a tiene o compra un arma de fuego en violación de la ley podría ser arrestado/a sin importar si sabe o no que está violando la ley.1

1United States v. Lippman, 369 F. 3d 1039 (8th Cir. 2004); United States v. Henson, 55 F. Supp. 2d 528 (S.D. W.V. 1999)

¿Cuál es la condena por violar las leyes de Puerto Rico sobre armas de fuego?

Bajo la ley de Puerto Rico, si una persona sin una licencia de armas posee un arma de fuego, es culpable de un delito grave que se puede castigar con una condena de cinco años de cárcel.1 Si la persona carga, usa, muestra, exhibe o agita de forma amenazante el arma de fuego sin una licencia, es culpable de un delito grave que se puede castigar con una condena de diez años.2 Éstos términos de cárcel pueden aumentar o disminuir dependiendo de las circunstancias del crimen.3

1 25 L.P.R.A. § 466g
2 25 L.P.R.A. § 466d
3 25 L.P.R.A. §§ 466d; 466g

¿Qué pasará si el agresor intenta comprar un arma?

Antes de comprar un arma de fuego de un/a vendedor/a licenciado/a, todos los/las compradores/as deben someterse a un chequeo de antecedentes penales realizado por el Sistema Nacional de Revisión Instantánea de Antecedentes Penales (NICS por sus siglas en inglés). Las organizaciones que dan licencias de armas de fuego, como los/as vendedores/as de armas de fuego y prestamistas, utilizan el Sistema Nacional de Revisión Instantánea de Antecedentes Penales para determinar de manera instantánea si alguien puede recibir (poseer, transportar) armas de fuego o explosivos.1 Si el/la agresor/a tiene una orden de protección calificada en su contra o, si ha sido sentenciado/a por un delito grave o un delito menos grave por violencia doméstica intrafamiliar en cualquier estado, esos registros deben estar en el NICS, lo cual debería imposibilitarle a el/la agresor/a comprar un arma de fuego. No todos los estados tienen un sistema automatizado de registro, lo que dificulta el proceso de verificación de antecedentes penales, por lo tanto, algunos criminales y agresores/as logran burlar el sistema. También es importante saber que no se necesita una verificación de antecedentes penales para ventas privadas y a través del Internet.

Si el/la agresor/a pudo comprar un arma y usted entiende que él/ella no debe tener una legalmente, usted puede avisarle a la policía y pedir que le quiten el arma y quizás ellos/as lo/a investigarán. Generalmente no es buena idea asumir que porque el/la agresor/a pudo comprar un arma, es legal que la tenga.

1 Sitio web del Servicio de Referencia Nacional de Justicia Criminal