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Información Legal: Pensilvania

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
15 de diciembre de 2023

¿Quién puede obtener una órden de protección de abuso (PFA)?

Si usted es un adulto (persona de 18 años o mayor) o un menor de edad emancipado, puede solicitar protección legal contra actos de violencia doméstica incurridos en su contra, o en contra de su niño menor de edad, llevados a cabo por un familiar o miembro del hogar, incluyendo:

  • su marido o ex-marido;
  • su esposa o ex-esposa;
  • una persona que viva o haya vivido con usted como su cónyuge;
  • su hermano o hermana;
  • su padre o hijo;
  • un miembro de la familia con quien comparte un parentesco, ya sea de sangre o por medio de matrimonio;
  • una pareja sexual o íntima que tiene o haya tenido; y
  • alguien con quien tenga un hijo en común.1

1 23 Pa.C.S.A. § 6102(a)

¿Puedo obtener una orden de protección contra mi pareja del mismo sexo?

En Pennsylvania, puede solicitar una órden de protección de abuso (PFA) en contra de una pareja actual o anterior del mismo sexo, siempre que la relación cumpla con los requisitos enlistados en ¿Quién puede obtener una órden de protección de abuso (PFA)?  También debe ser víctima de un acto de violencia doméstica, que se explica en ¿Cuál es la definición legal de violencia doméstica en Pennsylvania?

En la página de Víctimas LGBTQIA, puede encontrar información sobre el maltrato a víctimas de la comunidad LGBTQIA y los tipos de barreras que pueden enfrentar.

¿Puedo obtener una orden de protección contra el maltrato si soy menor de edad?

Sin embargo, como menor de edad1 (menos de 18 años) necesita que uno de sus padres, un adulto que sea miembro de su hogar o un tutor ad litem, solicite la orden de protección de abuso en su nombre.2

1 23 Pa.C.S.A. § 6102(a)
2 23 Pa.C.S.A. § 6106(a)

¿Cuánto cuesta?

No se le requerirá realizar ningún tipo de pago cuando solicite una petición para una orden de protección de abuso. Si se le otorga una PFA, el juez puede requerirle al demandado pagar por todos los costes de solicitud y servicio, así como también 100$ adicionales que van destinados al cumplimiento de las leyes de violencia doméstica.1

1 23 Pa.C.S.A.§ 6106(b)-(d)

¿Necesito de un abogado?

No necesita un abogado para solicitar una orden de protección contra el maltrato, pero siempre es conveniente tener uno si le es posible.  Si su agresor tiene un abogado, debería tratar de conseguir uno usted también.  En varios lugares, tales como en los programas contra violencia doméstica y agresión sexual le pueden ayudar a solicitar una PFA.  El protonotario, o funcionario de corte encargado de los expedientes puede también proveerle ciertos formularios e información.  Por favor, mantenga presente que los oficiales de corte así como partidarios contra violencia doméstica quienes no son abogados, no pueden darle conserjería legal ni representarla en corte.  Encontrará un listado de organizaciones quienes pueden ayudarla en la página PA Intercesoras y Albergues.  Conseguirá información y contactos de protonotarios en la página PA Tribunales.

Si va a estar en la corte sin abogado/a, nuestra página Preparándose para la Corte - Por su Cuenta puede ser útil para usted.