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Preparándose para la Corte: Pensilvania

Custodia

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Actualizada: 
15 de diciembre de 2023

Si una orden de custodia ya está en vigencia, ¿cómo puedo hacer que la cambien?

Si una orden de custodia ya está en vigencia, cualquiera de las partes puede pedir al juez que la cambie por una petición para modificar la custodia.1 Para modificar (cambiar) una orden de custodia, usted necesitará ir a la corte que le concedió la orden, incluso si usted se mudó. Generalmente una vez que la corte ha oído un caso se lo queda incluso si usted se mudó a otro estado. Si usted se mudó, puede pedir al juez que cambie la jurisdicción (transferir el caso) al nuevo estado en el que usted se encuentra, aunque esto a menudo resulta difícil de hacer, especialmente si el otro padre no está de acuerdo. Vea ¿Puedo cambiar el estado en el que el caso está siendo tramitado? para obtener más información sobre cómo transferir un caso a otro estado.

Si usted quiere cambiar una orden de custodia debido al despliegue militar, véase El efecto de despliegue militar en la custodia/visitación para más información.

Modificar una orden de custodia o cambiar la jurisdicción es a menudo complicado y, como con todos los asuntos de custodia, le recomendamos que hable con un abogado sobre esto. Vaya a nuestra página PA Encontrando a un Abogado para encontrar a alguien que pueda ayudarle.

1 23 Pa.C.S.A. § 5338

 

 

 

Si me mudo a otro estado, ¿puedo transferir mi caso de custodia allá?

Es posible que en algún momento se mude con sus hijos/as del estado donde se dio la orden final de custodia. Para información sobre cómo solicitar que se transfiera el caso de custodia a un nuevo estado, por favor vaya a Transferir un caso de custodia a un estado diferente, en nuestra página general de Custodia. Sin embargo, es importante tener en cuenta que es probable que necesite obtener permiso de la corte o de el/la otro/a padre/madre para mudarse de estado. Por favor hable con un/a abogado/a para asegurarse que sus planes de mudanza no violen su orden de custodia o las leyes de secuestro parental de su estado.

I have a custody order. Can I move with my child?

If your move will significantly harm (impair) the other parent’s ability to use (exercise) his/her custody rights with your child, this is considered a “relocation,” and you can only move if:

  • everyone with custody rights to your child agrees; or
  • the judge approves your relocation.1

If you are planning a “relocation,” you must follow the rules listed in How do I tell the other parent that I want to move?

Unlike some other states, Pennsylvania’s relocation law does not say it only applies to someone moving out of the state or a certain distance away.2 So, we recommend that you consult with a Pennsylvania custody lawyer to check if your planned move would be considered a “relocation,” which requires you to follow these rules. To find lawyers in your area, go to PA Finding a Lawyer.

1 23 Pa.C.S. §§ 5322(a); 5337(b)
2 See 23 Pa.C.S. § 5337(a)

¿Cómo le notifico al otro padre que me quiero mudar?

La ley de Pennsylvania define reubicación como “un cambio en la residencia del niño que entorpece seriamente la capacidad de el/la otro padre de ejercer sus derechos de custodia/visitas.1  A diferencia de otros estados, las leyes de reubicación de Pennsylvania no especifican si o no sólo se aplican a las personas que quieren trasladarse a otro estado o de la gente que quiere ir más allá de un cierto radio de kilómetro y medio.  Se recomienda que consulte con un abogado que hace casos de custodia en Pennsylvania para averiguar si la mudanza que usted quiere cube con la definición legal de reubicación.1

Si usted desea mudarse y ya existe una orden de custodia, la ley de Pennsylvania dicta que no lo puede hacer a menos que todos aquellos con derecho de custodia sobre el menor consientan este acto, o que el juez apruebe la reubicación.2  Existen requerimientos muy específicos de cómo notificar a las personas con derecho de custodia.

La notificación debe ser enviada por correo certificado requiriendo acuse de recibo, y se debe entregar en un lapso no mayor a:

  • El día 60 antes de la fecha de reubicación propuesta; o
  • El día 10 después que usted haya tenido conocimiento de la reubicación pero únicamente si:
    • Usted no sabía y no podía haber sabido acerca de la reubicación en tiempo suficiente para poder presentar la notificación requerida de 60 días; y
    • No es razonablemente posible retrasar la fecha de reubicación para poder cumplir con el requerimiento de 60 días de la notificación.3

La siguiente información, si se encuentra disponible, deberá ser incluida junto con la notificación de la reubicación propuesta (Nota: Si usted es víctima de abuso y el tribuanal ha mantenido su dirección confidencial, consulte con un abogado sobre cuales se pueden omitir de la siguiente lista):

  1. Dirección de la nueva residencia a la que se pretende cambiar y la dirección de correspondencia (si son diferentes).
  2. Los nombres y edades de las personas que viven actualmente o pretenden vivir en la nueva residencia.
  3. El número telefónico de la casa a la que pretende cambiarse, si cuenta con él.
  4. El nombre del nuevo distrito de la escuela y el nombre de la escuela.
  5. La fecha de la reubicación propuesta.
  6. Las razones de la reubicación propuesta.
  7. Propuesta para horario de custodia revisado.
  8. Cualquier información adicional que considere apropiada incluir.
  9. Una “contra declaración jurada” que puede ser utilizada por aquellas personas que reciben la notificación para objetar la reubicación propuesta y la modificación de una orden de custodia (para ver cómo es una contra declaración jurada, visite sección 5337 de la ley en nuestra página de Estatutos de PA, en la sección (d)(1) pero está en inglés).
  10. Una advertencia a la parte que no se está reubicando en la que se declare que si él/ella no presenta una objeción sobre la reubicación propuesta en el tribunal dentro de los 30 días posteriores a la recepción de la notificación, ya no podrá objetar a la reubicación.4

Estos casos pueden ser complicados, por lo que le sugerimos contactar un abogado para que le ayude, en especial si el otro padre no quiere que usted se reubique.  Si necesita ayuda legal, visite nuestra página  PA Encontrando a un Abogado.

1 23 Pa.C.S.A. §5322(a)
2 23 Pa.C.S.A. § 5337(b)
3 23 Pa.C.S.A. § 5337(c)(1),(2)
4 23 Pa.C.S.A. § 5337(c)(3)

¿Qué puede suceder si no notifico apropiadamente a la parte que no se está reubicando?

Si usted no notifica de forma apropiada a la parte que no se está reubicando, el juez puede tratar el asunto de alguna de las siguientes formas:

  1. como un factor para tomar decisiones en relación a la reubicación;
  2. como un factor para determinar si los derechos de custodia deben ser modificados;
  3. como una razón para ordenar que el menor regrese con la parte que no se está reubicando si es que usted ya se reubicó sin haber dado notificación razonable;
  4. como base para ordenarle a usted pagar los gastos razonables y tarifas incurridos por la asesoría sobre la objeción a la reubicación de la parte que no se está reubicando; y/o
  5. como base para desacato y sanciones (castigos) en su contra.1

Sin embargo, el juez debe también considerar si la falta de notificación por parte de usted se debió total, o parcialmente, a abuso. De ser así, el juez debe considerarlo como razón para “disminuir” su falta al considerar cual de las decisiones arriba mencionadas debe tomar en su caso.2

1 23 Pa.C.S.A. § 5337(j)
2 23 Pa.C.S.A. § 5337(k)

¿Qué pasa si el otro padre se opone a la mudanza?

Si el otro padre/persona con derechos de custodia objeta, debe presentar una objeción en el tribunal dentro de los 30 días posteriores a la recepción de su notificación de reubicación propuesta, y debe notificarle a usted con una copia por medio de correo certificado, con acuse de recibo.  Posteriormente, el juez llevará a cabo una audiencia para decidir si usted puede reubicarse.1  Nota: Aún cuando no se presente una objeción, usted tendrá que presentar ciertos documentos en el tribunal antes de reubicarse.2  Visite la sección 5337 de la ley en nuestra página Estatutos de PA, y busque la sección (e) para conocer que es lo que necesita presentar (pero está en inglés).  Por lo regular, el juez llevará a cabo la audiencia después de haber recibido la objeción del otro padre y antes de haberse usted reubicado pero es posible que el juez pueda decidir por sí mismo que una audiencia es necesaria y llevarla a cabo aún antes de recibir la objeción del otro padre.  En algunos casos, si el juez considera que existe una circunstancia de emergencia, podría aprobar la reubicación primero y después llevar a cabo la audiencia para tomar una decisión final.3  (Sin embargo, esto no significa necesariamente que la última decisión del juez después de la audiencia sea a su favor.)4  Si el juez aprueba la reubicación propuesta, él/ella modificará cualquier orden de custodia vigente o establecerá los términos de una orden de custodia.5

1 23 Pa.C.S.A. § 5337(d)(2)
2 23 Pa.C.S.A. § 5337(e)
3 23 Pa.C.S.A. § 5337(g)(1)-(3)
4 23 Pa.C.S.A. § 5337(l)
5 23 Pa.C.S.A. § 5337(g)(4)

¿Qué factores considerará el juez al decidir si puedo mudarme con mi hijo?

Al momento de decidir si se le permite la reubicación propuesta, el juez debe considerar los siguientes factores, y poner especial consideración a aquellos factores que afecten la seguridad del menor:

  1. La naturaleza, calidad y cantidad de involucramiento, así como el tiempo de la relación entre el menor y usted y el menor y la parte que no se está reubicando, hermanos y demás personas de importancia en la vida del menor.
  2. La edad, etapa de desarrollo, necesidades del menor y el posible impacto que la reubicación tuviera en el desarrollo físico, educacional y emocional del menor, tomando en consideración cualquier necesidad especial del menor.
  3. La posibilidad de preservar la relación entre el menor y la parte que no se está reubicando, a través de acuerdos de custodia adecuados, considerando las circunstancias de localidad y financieras de las partes.
  4. Las preferencias del menor, tomando en consideración la edad y madurez de éste.
  5. Si existe un patrón de conducta establecido de cualquiera de las partes para reforzar o para dañar la relación del menor y la otra parte.
  6. Si la reubicación mejorará en general la calidad de vida financiera, emocional, educacionalmente, etc., tanto de usted como del menor.
  7. Las razones y motivaciones por las cuales usted está buscando reubicarse y las de la otra parte de oponerse a la reubicación.
  8. Los abusos presentes o pasados cometidos por una parte o miembro de la familia de la parte y si existe un riesgo continuo de daño hacia el menor o usted (si se cometió abuso en su contra).
  9. Cualquier otro factor que afecte el mejor interés del menor.1

Es responsabilidad de usted probar al juez que la reubicación servirá para el mejor interés del menor, basada en los factores arriba mencionados y que sus motivos para reubicarse son buenos. La parte que no se reubica debe probar que él/ella tiene buenos motivos para objetar la reubicación.2

1 23 Pa.C.S.A. § 5337(h)
2 23 Pa.C.S.A. § 5337(i)