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Actualizada: 
5 de diciembre de 2023

¿Tendré que enfrentarme al agresor en la corte?

El/la agresor/a tiene derecho a pedir una audiencia y disputar su orden de protección ex parte contra el abuso sexual. Si el/la agresor/a pide una audiencia, a usted se le notificará la hora y fecha de la audiencia.1

Si va a haber una audiencia, usted tiene la opción de presentar una petición pidiéndole a el/la juez/a que permita que usted se presente a la audiencia (o que un/a testigo se presente en la audiencia) por teléfono u otro dispositivo de comunicación de dos vías en vez de presentarse en persona. El/la juez/a decidirá si hay causa justificada para permitirle a usted o a su testigo presentarse por teléfono y tomará en consideración si la seguridad o bienestar suyo o de su testigo se vería amenazado o no al pedirle a usted que se presente en persona.2

1 ORS § 163.765(6)(a), (6)(b)
2 ORS § 163.770(1), (3)