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Información Legal: Oregón

Leyes Estatales de Armas de Fuego

Actualizada: 
5 de diciembre de 2023

Si se le quita el arma de fuego al agresor, ¿qué ocurrirá con el arma?

Dentro de las 24 horas luego de que el/la agresor/a haya sido convicto/a por uno de los crimines que califica o desde que se dio una orden de restricción que califica en su contra, él/ella tiene que transferir cualquier arma y municiones que estén en su poder. El/la juez/a le informará esto verbalmente a el/la agresor/a e incluirá las restricciones de armas de fuego en el veredicto o la orden. El/la agresor/a puede transferir las armas de fuego a:

  • una agencia de hacer cumplir la ley;
  • un/a distribuidor/a de armas; o
  • una tercera parte que haya completado una verificación de antecedentes y que haya firmado una declaración bajo pena de perjurio, que incluya:
    • que entiende que el/la agresor/a no puede tener un arma de fuego; y
    • que esa persona, la tercera parte, puede ser procesada criminalmente si deja que el/la agresor/a tenga el arma.1

La agencia o la persona que recibe el arma de fuego de el/la agresor/a, debe dar un recibo escrito. Dentro de los próximos dos días, el/la agresor/a tendrá que presentar ciertos documentos. Entre estos, deberá incluir evidencia de la entrega y la declaración de la tercera parte, si aplica. 1

El/la agresor/a debe presentar estos documentos a el/la juez/a y con el/la fiscal de distrito. Si no lo hace, el/la fiscal de distrito puede presentar un desacato en contra de el/la agresor/a. 1

Cuando se vence una orden de restricción que prohíbe tener armas de fuego, el/la agresor/a puede solicitar que se le regresen las armas de fuego y municiones. La persona o agencia que las devuelve tiene que hacer una verificación de antecedentes para asegurarse que no hay otra razón que le prohíbe tener las armas de fuego. Si la agencia de hacer cumplir la ley tiene las armas de fuego y municiones, puede retenerlas por 72 horas y notificarle al Departamento de Justicia sobre la solicitud. Antes de la devolución, la agencia de hacer cumplir la ley también confirmará que el/la agresor/a es el/la dueño/a de estos artículos o que tiene autorización de el/la dueño/a para tenerlos.

1 Or. Rev. Stat. § 166.279