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Información Legal: Oklahoma

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
8 de diciembre de 2023

¿Soy elegible para solicitar una orden de protección?

Usted puede buscar protección legal contra actos de maltrato doméstico cometidos por una pareja íntima actual o anterior o un miembro de su familia u hogar, que incluye:

  • un/a esposo/a o ex-esposo/a;
  • alguien con la que haya tenido un/a hijo/a;
  • alguien con quien tiene o tuvo una relación romántica;
  • alguien con quien usted viva o haya vivido de manera íntima;1
  • padres, abuelos, padrastros/madrastras, padres adoptivos y padres sustitutos (“foster parents”);
  • hijos, nietos, hijastros, hijos adoptados, y hijos sustitutos (“foster children”);
  • cualquier persona relacionada a usted por sangre o matrimonio, aunque no estén viviendo en el mismo hogar.2

Además, es posible que pueda solicitar una orden de protección contra alguien que no es un familiar o miembro del hogar, si cualquiera de las siguientes es cierta:

  1. si un familiar inmediato suyo fue víctima de asesinato en primer grado, puede solicitar una orden contra el/la asesino/a; o,
  2. si usted ha sido víctima de cualquiera de los siguientes actos por parte de cualquier persona, sin importar su relación con esa persona:
  3. violación;
  4. sodomía forzada;
  5. una ofensa sexual;
  6. secuestro;
  7. maltrato de menores; o
  8. ataque y agresión (assault) con un arma letal;o
  9. cualquier otro crimen – pero esto solo aplica a personas adultas víctimas del crimen, no a menores.4

Si está solicitando una orden de protección contra una persona que no es un familiar o miembro del hogar o una persona con quien haya tenido un noviazgo, tiene que hacer un informe policial contra esa persona antes de presentar una petición en la corte de distrito. Es requisito que le entregue una copia de este informe a el/la juez/a a menos que la policía lo haya entregado directamente en la corte.4  

Los/as menores de 16 o 17 años de edad pueden solicitar una orden de protección por su cuenta. Una persona menor de 16 años edad debe estar acompañada por un familiar o miembro del hogar para solicitar la orden.4 

Nota: Si está presentando una petición contra un/a menor de 13 años o más, debe presentar su petición en la corte local que tenga poder (jurisdicción) sobre los asuntos juveniles.5

Si no califica para una orden de protección contra la violencia doméstica, es posible que califique para una orden de protección contra el acecho o una orden de protección para víctimas por violencia cometida por alguien que no es una pareja​.

1 22 O.S. § 60.1(2), (6)
2 22 O.S. § 60.1(2), (3)
3 22 O.S. § 60.2(G)
4 22 O.S. § 60.2(A)
5 22 O.S. § 60.2(A)(1)

¿Puedo obtener una orden de protección contra mi pareja del mismo sexo?

En Oklahoma, puede solicitar una orden de protección en contra de una pareja actual o anterior del mismo sexo, siempre que la relación cumpla con los requisitos enlistados en ¿Puedo solicitar una orden de protección?  También debe ser víctima de un acto de abuso doméstica, acoso, acecho o la violación lo que se explica aquí.

En la página de Víctimas LGBTQIA, puede encontrar información sobre el maltrato a víctimas de la comunidad LGBTQIA y los tipos de barreras que pueden enfrentar.

¿En qué condado puedo solicitar una orden de protección?

Usted puede solicitar una petición en la corte de distrito en el condado en el que usted vive, en el condado en que vive el/la agresor/a, o en el condado en que ocurrió el abuso.1  Sin embargo, si usted solicita una orden de protección ex parte en un condado pero hay uno de los siguientes casos pendientes en otro condado, el caso para la orden de protección será trasladado y la audiencia para la orden de protección final ocurrirá en el mismo condado en que el otro caso está pendiente:

  • divorcio;
  • manutención conyugal;
  • tutela;
  • adopción; o
  • algún otro procedimiento que involucre la custodia o la visitación de el/la menor.2

Si usted está siendo acosado/a (stalked) y quiere solicitar una orden de protección contra alguien que no es un miembro de su familia o hogar ni su novio/a, tiene que hacer primero una queja con la policía, antes de solicitar la orden de protección en la corte distrital. (Para la definición de miembro de la familia o hogar, vea ¿Puedo solicitar una orden de protección?) Usted tiene que darle a el/la juez/a una copia de la queja que usted hizo con la policía en la audiencia final para la orden de protección.  Si usted no provee una copia de la queja en la corte, su petición para la orden de protección puede ser dejada sin efecto y se le puede forzar a que pague los costos de el/la abogado/a de el/la agresor/a y otros costos de la corte.1

1 22 O.S. § 60.2(A)(1)
2 22 O.S. § 60.3(D)

¿Cuánto cuesta obtener una orden de protección? ¿Necesito un abogado?

Generalmente, no hay costo por el trámite de una orden de protección. Sin embargo, si el/la juez/a descubriera que la orden fue tramitada por razones frívolas, él/ella puede decidir que el/a peticionario/a o la persona que está efectuando el tramite pague gastos de la corte y/u honorarios de el/la abogado/a de el/la agresor/a.1

Usted no necesita un/a abogado/a para tramitar una orden de protección. Si se presenta en su propio y necesita ayuda, puede pedir el/la secretario/a judicial, coordinador/a de víctimas-testigos, persona de apoyo de la víctima o un/a administrador/a de casos de la corte para obtener ayuda con rellenar las formas.2 Sin embargo, usted puede contratar a un/a abogado/a, especialmente si el/la agresor/a cuenta con uno/a. Si puede, contacte a un/a abogado/a para garantizar que sus derechos legales sean respetados.

Si no puede costear un/a abogado/a pero quisiera contar con la asistencia de uno/a para su caso, usted puede encontrar información sobre asistencia legal en la página de Oklahoma Encontrando a un Abogado.

Si va a estar en la corte sin abogado/a, nuestra página Preparándose para la Corte - Por su Cuenta puede ser útil para usted.

1 22 O.S. § 60.2(C)(1) & (2)
2 Vea 22 O.S. § 60.2(D)