WomensLaw sirve y apoya a todas las personas sobrevivientes sin importar su sexo o género.

Preparándose para la Corte: Oklahoma

Oklahoma: Custodia

Ver Todo
Actualizada: 
8 de diciembre de 2023

¿Cómo se puede establecer la paternidad en Oklahoma?

En Oklahoma, la paternidad se puede establecer de las siguientes maneras:

  • a través de un proceso judicial;1 
  • firmando un reconocimiento de paternidad;2 
  • por el/la hijo/a haber nacido durante el matrimonio o dentro de 300 días después que el matrimonio terminó; o
  • porque durante los primeros dos años de la vida de el/la menor, el padre vivió en la misma casa que el/la menor, y actuó abiertamente como si ese/a fuera su hijo/a.3

1 10 O.S. § 7700-201(3)
2 10 O.S. § 7700-301 
3 10 O.S. § 7700-204 

¿Qué es custodia?

Custodia es la responsabilidad legal del cuidado y control de su hijo/a menor de edad. Generalmente, hay dos tipos de custodia: legal y física.1

Custodia Legal es el derecho a tomar decisiones importantes sobre su hijo/a. Generalmente, estas decisiones incluyen:

  • la escuela a la que asiste su hijo/a;
  • si su hijo/a puede ser sometido/a a una cirugía; y
  • el tipo de educación religiosa que recibe su hijo/a.

Custodia Física es la posesión y control físico de el/la menor.2 En otras palabras, establece con quién vivirá el/la menor diariamente. Algunas de las responsabilidades de la custodia física incluyen:

  • tomar decisiones diarias más sencillas como lo que su hijo/a come y la hora de dormir;
  • darle de comer a su hijo/a;
  • bañar a su hijo/a; y
  • llevar a su hijo/a a citas médicas, la escuela, etc.

1 OKLaw.org
2 43 O.S. § 551-102(14)

¿Qué opciones existen para la custodia en Oklahomal?

Aunque la política de Oklahoma es asegurar que el/la menor tenga contacto frecuente y continuo con ambos padres,1 el/la juez/a puede decidir darle el cuidado, la custodia y el control a solo uno de los padres (custodia exclusiva).2 Si le dan la custodia a uno de los padres, él/ella se considerará la persona encargada de la custodia. Esto se refiere a la persona que tiene la custodia física de un/a menor por más de ciento ochenta y dos (182) días del año.3

Si se da la custodia compartida, los padres compartirán todos o algunos aspectos de la custodia y el cuidado físico y legal de su hijo/a.2  Cuando una corte ordena la custodia física compartida, la corte debe incluir un “plan de custodia compartida” que describa en detalle los derechos y responsabilidades de cada uno de los padres. El plan también debe incluir lo que se debe hacer si los padres no están de acuerdo sobre una decisión importante. Por ejemplo, hay veces que la corte designa a uno de los padres para el desempate y hay otras en las que requiere mediación.  El/la juez/a también puede ordenar que los padres vayan a arbitraje para resolver desacuerdos sobre la interpretación del lenguaje en la orden. Si los padres se niegan al arbitraje, el/la juez/a puede denegar la custodia compartida.4

1 43 O.S. § 110.1
2 43 O.S. § 109(B)
3 43 O.S. § 118A(4)
4 43 O.S. § 109(H)

 

¿Qué es la mediación?

Mediación es cuando una tercera parte neutral se reúne con los padres en un caso de custodia o visitación y trata de ayudarles a llegar a un acuerdo de custodia sin la necesidad de múltiples audiencias judiciales. Los padres son responsables de pagar la mediación.

En un proceso de divorcio o custodia de menores, un/a juez/a de Oklahoma puede requerir que las partes vayan a mediación. 

Generalmente, el/la juez/a no requerirá mediación si hay violencia doméstica. Asegúrese de decirle a el/la juez/a si el/la otro/a padre/madre es una persona violenta o maltratante y usted no quiere mediación. Sin embargo, el/la juez/a aún puede requerir mediación en casos de violencia doméstica si todas las siguientes son ciertas: 

  • La persona mediadora ha tenido adiestramiento sobre los efectos que tiene la violencia doméstica o el maltrato de menores en las víctimas;
  • El/la juez/a entiende que usted puede negociar con la persona agresora sin que haya un desequilibrio de poder como resultado del maltrato. Esto significa que el/la juez/a intentará decidir si usted razonablemente puede o no lograr que la persona agresora escuche sus ideas y opiniones o si es posible que él/ella le intimide, asuste o haga daño a usted de alguna manera que le haga sentir que usted no puede decir lo que piensa; y
  • El proceso de mediación está hecho de manera que protege a la víctima del desbalance de poder que generalmente se da cuando hay violencia doméstica.1

Entonces, si el/la juez/a ordena la mediación y usted es una víctima de violencia doméstica, es posible que pueda alegar que una o más de estas condiciones no se han cumplido y que la mediación tendría un efecto dañino para usted.

1 43 O.S. §107.3(B)

¿Qué es un coordinador de padres? ¿Necesito tener uno?

Si usted está envuelto/a en un caso de divorcio o custodia que involucre a un/a menor, el/la juez/a puede asignar un/a coordinador/a parental para ayudar a resolver los asuntos familiares y que ambas partes lleguen a un acuerdo.1 El/la coordinador/a parental le sugerirá a el/la juez/a lo que entiende que es mejor para el/la menor y los términos que acordaron. Usted puede oponerse al informe o las sugerencias de el/la coordinador/a parental presentando una objeción dentro de diez días de haber recibido el informe. El informe y la objeción serán revisados por el/la juez/a.2 Aún si el/la juez/a asigna un/a coordinador, el/la juez/a es quien toma la decisión final de custodia, visitación y manutención de menores.3

El/la juez/a puede asignar un/a coordinador/a por su cuenta, o usted o el/la otro/a padre/madre puede presentar una moción para pedir que le asignen un/a coordinador/a parental a su caso. Sin embargo, si usted o el/la otro/a padre/madre se opone a que le asignen un/a coordinador/a parental, la corte no asignará uno/a a menos que:

  • haya muchos desacuerdos entre los padres; y
  • el/la juez/a entienda que asignar a un/a coordinador/a está en el mejor interés de el/la menor.4

La corte puede decidir que los padres paguen los costos de el/la coordinador/a según sus ingresos, o el/la juez/a puede ordenar una cantidad distinta a cada uno de los padres si entiende que hay “justa causa” para hacerlo. El estado no pagará por un/a coordinador/a parental. Si es posible, el/la juez/a puede asignar un/a coordinador/a que trabaje de forma voluntaria en los casos que el/la juez/a entienda que un/a coordinador/a es necesario/a y las partes no pueden pagar uno/a.5

1 43 O.S. § 120.3(A)
2 43 O.S. § 120.4(A), (C), (D)
3 43 O.S. § 120.3(C)(2)
4 43 O.S. § 120.3(A), (B)(1), (B)(2) 
5 43 O.S. § 120.5

¿Cuáles son algunos de los beneficios de obtener una orden de custodia?

Hay muchas razones por las cuales algunas personas deciden no solicitar la custodia. Algunos padres deciden no solicitar una orden de custodia porque no quieren involucrar a la corte. Otros padres llegan a un acuerdo informal que funciona para ellos. Es posible que algunos padres piensen que ir a la corte provocaría a el/la otro/a padre/madre o les preocupa que, si comienzan un caso de custodia, el/la otro/a padre/madre repentinamente pedirá, y posiblemente le den, más derechos de custodia y visitación de los que le hacen sentir cómodo/a.

Si el/la otro/a padre/madre no se relaciona actualmente con el/la menor, es posible que se involucre simplemente porque se haya comenzado un caso. Además, si el/la otro/a padre/madre lucha por la custodia, es posible que el caso se extienda por largo tiempo, lo cual puede ser emocional y financieramente agotador. La corte considerará muchos aspectos de su vida personal que posiblemente quiera mantener privados como asuntos pasados de su salud mental, algún expediente criminal, problemas de abuso de sustancias y detalles de sus relaciones personales.

Sin embargo, conseguir una orden de custodia de la corte puede darle ciertos derechos legales. La orden puede darle:

  • el derecho de tomar decisiones sobre su hijo/a; y
  • el derecho de que su hijo/a viva con usted.

Sin una orden de custodia, es posible que ambos padres compartan estos derechos legales, aún si uno de los padres cuida a el/la menor diariamente. Sin embargo, si usted solicita la custodia, es posible que el/la otro/a padre/madre también pida estos derechos, y será el/la juez/a quien decida.

Le recomendamos que hable con un/a abogado/a que pueda ayudarle a considerar si solicitar la custodia sería la mejor opción para usted, según su situación. Puede encontrar ayuda legal en nuestra página Oklahoma Encontrando a un Abogado.

 

¿Debo comenzar un caso en la corte para pedir visitas supervisadas?

Si no se siente cómodo/a con que la persona agresora esté a solas con su hijo/a, puede considerar pedirle a el/la juez/a que ordene que las visitas sean supervisadas.  Si ya tiene un caso abierto en la corte porque la persona agresora solicitó custodia o visitación, generalmente usted puede pedir que las visitas sean supervisadas si puede presentar una razón válida para su solicitud.

Sin embargo, si no hay un caso abierto en la corte, por favor busque consejo legal antes de comenzar un caso judicial para pedir visitas supervisadas. Le recomendamos encarecidamente que hable con un/a abogado/a que se especialice en asuntos de custodia para averiguar qué debe probar para que las visitas sean supervisadas y cuánto tiempo durarían las visitas, dependiendo de su caso.

En la mayoría de los casos, las visitas supervisadas son una medida temporal. La orden de visitación puede variar por estado, condado o incluso por juez/a. Un/a juez/a puede ordenar que un/a profesional observe a el/la padre/madre en cierta cantidad de visitas, o las visitas pueden ser supervisadas por un familiar durante cierto tiempo. Si no hay problemas obvios durante estas visitas, es probable que las visitas dejen de ser supervisadas. A menudo, cuando termina un caso, el/la otro/a padre/madre tiene visitas más frecuentes y por más tiempo que las que tenía antes de ir a la corte o hasta más derechos de custodia. 

En algunos casos, para proteger a su hijo/a de peligro inmediato por parte de la persona agresora, es apropiado comenzar un caso de custodia y visitas supervisadas. Para saber qué sería lo mejor, por favor vaya a  Oklahoma Encontrando a un Abogado para un consejo legal.