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Información Legal: Nueva York

Leyes Estatales de Armas de Fuego

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Actualizada: 
7 de julio de 2023

Tengo una orden de protección final contra el agresor. ¿Le pueden retirar el arma de fuego?

Con una orden de protección final, el/la juez/a debe retirarle las armas de fuego y revocar su licencia de amas del agresor cuando el/la juez/a determina que cualquiera de los dos es cierto:

  1. hay un “riesgo sustancial” de que el agresor pueda utilizar o amenazar de utilizar un arma de fuego en contra de usted o de cualquier otra persona en su orden de protección como por ejemplo, sus hijos; o
  2. el/la juez/a determina que la conducta (actos) que resultaron en su orden de protección, se basaron en el/la agresor/a:

Las leyes federales, que aplican en todos los estados, limitan el derecho de un/a agresor/a de tener un arma si tiene una orden de protección en contra de él/ella y esa orden cumple con ciertos requisitos aun cuando el/la juez/a no prohíba específicamente en la orden que posea un arma.  Vaya a la página de Leyes Federales de Armas de Fuego para más información.

1 NY Family Court Act § 842-a(2)(a), (2)(b)