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Información Legal: Nuevo México

Leyes Estatales de Armas de Fuego

Actualizada: 
5 de enero de 2024

Tengo una orden de protección contra el agresor. ¿Puede tener o comprar un arma nueva?

Bajo la ley de Nuevo México, es ilegal que una persona tenga un arma de fuego si tiene una orden de protección final contra la violencia doméstica en su contra.1 Además, un/a juez/a puede hacer que el/la agresor/a entregue sus armas a la policía o a alguien con una licencia federal de armas de fuego como parte de la orden de protección final si cree que el/la agresor/a es una “amenaza creíble” para la seguridad de la persona protegida.2

La ley federal también prohíbe que el/la demandado/a en una orden de protección elegible tenga un arma de fuego – vaya a la página de Leyes Federales sobre Armas de Fuego para más información.

1 N.M. Stat. § 30-7-16(A)(2)
2 N.M. Stat. § 40-13-5(A)(2)