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Información Legal: Nuevo México

Custodia

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Actualizada: 
5 de enero de 2024

¿Quién puede solicitar la custodia?

La ley de Nuevo México dice que hay una suposición (“presunción”) de que la custodia compartida entre los padres está en el mejor interés de el/la menor cuando la corte toma una decisión de custodia por primera vez.1

Si los padres no están dispuestos a o no pueden tener la custodia, entonces el/la juez/a podrá darle la custodia a otra persona que no sea uno de los padres. Cuando se le da la custodia a otra persona, eso se llama”tutela por afinidad”. El/la juez/a le puede dar la tutela por afinidad a las siguientes personas:

  • una persona adulta que haya estado viviendo con y cuidando de el/la menor, si esa persona es:
    • un familiar de el/la menor;
    • un/a padrino/madrina;
    • un miembro de la tribu o clan de el/la menor; o
    • una persona adulta con quien el/la menor tenga un vínculo significativo;
  • un/a cuidador/a escogido/a por uno de los padres por escrito, siempre y cuando el escrito demuestre que el/la padre/madre entiende:
    • el propósito y efecto de la tutela;
    • que el/la padre/madre tiene derecho de recibir la notificación de cualquier petición presentada que sea relacionada a el/la menor; y
    • que el/la padre/madre puede presentarse en la corte para disputar la custodia no parental;
  • un/a cuidador/a con quien el/la menor haya sido ubicado por el Departamento de Menores, Jóvenes y Familias; o
  • si el/la menor tiene 14 años o más, un/a cuidador/a que:
    • tenga 21 años de edad o más; y
    • haya sido designado/a por el/la menor.2

1 N.M. Stat. § 40-4-9.1(A)
2 N.M. Stat. § 40-10B-5(A)