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Información Legal: Nueva Jersey

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
8 de enero de 2024

¿Puedo hacer que mi orden de protección de Nueva Jersey se haga cumplir en otros estados?

Sí. Si usted tiene una orden de protección válida en el estado de Nueva Jersey y ésta cumple los estándares federales, entonces puede que se haga cumplir en otros estados. La Ley de Protección a las Mujeres Víctimas de Violencia, que es una ley federal, establece que toda orden de protección válida otorgada por los Estados Unidos de América del Norte recibe “toda credibilidad y crédito” en todos los estados y cortes tribales dentro del país, incluyendo los territorios.1  Para saber si su orden de protección cumple con los requisitos, ver ¿Cómo se si mi orden de protección es válida según la ley federal?

Cada estado debe hacer cumplir las órdenes de protección de otros estados de la misma manera en que lo hace con sus propias órdenes. Esto significa que si su agresor viola su orden de protección de otro estado, tendrá que ser sentenciado según las leyes del estado en el que usted se encuentre al momento de la violación. A esto se le llama “toda credibilidad y crédito.”

1 18 U.S.C. § 2265(a)

¿Cómo sé si mi orden de protección es válida según la ley federal?

Una orden de protección es válida en cualquier parte de los Estados Unidos, siempre y cuando:

  • Haya sido otorgada con el propósito de prevenir el comportamiento violento, amenazador, o acosador, violencia sexual, o o bien, si fue otorgada con el propósito de prohibir que otra persona la contacte o se acerque a usted.1
  • La corte que otorgó la orden tenía jurisdicción sobre las personas y el caso. (En otras palabras, la corte tenía la autoridad de escuchar el caso.)
  • El agresor fue notificado de la orden y tuvo oportunidad de presentarse en la corte y contar su versión de la historia. No importa si el agresor se presentó en la corte; solamente que él tuvo la oportunidad presentarse.
    • En el caso de ordenes ex parte (solo cuando una de las partes está presente) y ordenes de emergencia, el agresor debe recibir notificación y tener la oportunidad de presentarse en la corte para contar su versión de la historia durante la audiencia, la cual deberá ser programada dentro de un “tiempo razonable” después de que la orden ex parte es emitida.2

Nota: Para información sobre hacer cumplir una orden de protección militar (MPO por sus siglas en inglés) fuera de la base militar, o hacer cumplir una orden de protección civil (CPO por sus siglas en inglés) en una base militar, por favor visite nuestra página Órdenes de Protección Militar.

1 18 USC §2266(5)
2 18 U.S.C. § 2265(a) & (b)

Tengo una orden de protección temporal. ¿La puede hacer cumplir en otro estado?

Sí. Las órdenes de protección temporal se pueden hacer cumplir en otros estados, de la misma manera que las órdenes de protección regulares, siempre y cuando cumple con los requisitos en ¿Cómo puedo saber si mi orden de protección es válida ante la ley federal?1

Nota: El estado a donde se dirige no puede extender su orden temporal ni otorgarle una orden permanente al vencerse su orden temporal. Si desea extender su orden temporal, usted tendrá que contactar al estado que le otorgó la orden y estar presente en la audiencia ya sea en persona o por teléfono (si es que el tribunal ofrece esa opción). Sin embargo, puede que pueda solicitar una nueva orden de protección en el estado a donde se muda si usted cumple con los requisitos para conseguir una orden de protección en aquel estado – tenga en cuenta que si solicita una orden de protección en un nuevo estado, el agresor sabría en cual estado está viviendo lo que puede ponerla en peligro.

1 18 U.S.C. § 2265(b)(2)