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Información Legal: Nueva Jersey

Custodia

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Actualizada: 
8 de enero de 2024

¿Dónde puedo solicitar la custodia? (Qué estado tiene jurisdicción)

Según una ley llamada el Acta de Jurisdicción y Aplicación Uniforme de Custodia de Niños (Uniform Child Custody Jurisdiction and Enforcement Act, o UCCJEA en inglés), usted sólo puede solicitar custodia en su “estado de residencia” (“home state” en inglés). (Por favor, mire también ¿Hay excepciones a la regla para el “estado de residencia”?) El “estado de residencia” es el estado en el que su hijo ha vivido con un padre o persona que ejerce tal función durante los seis meses consecutivos anteriores. Si su hijo tiene menos de seis meses, entonces el estado de residencia de su hijo es donde ha vivido desde que nació. Marcharse del estado por un período corto de tiempo, como vacaciones, no cambia el estado de residencia de su hijo.

Si usted y su hijo se mudaron recientemente a un nuevo estado, normalmente usted no puede solicitar custodia en ese nuevo estado hasta que usted haya vivido allí durante seis meses. Hasta entonces, usted o el otro padre pueden empezar el proceso de custodia en el estado en el que su hijo vivió recientemente por al menos seis meses.1 Sin embargo, existen excepciones – por favor vea ¿Hay excepciones a la regla para el “estado de residencia”?

1 Vea N.J. Stat. § 2A:34-65