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Información Legal: Carolina del Norte

Manutención de Menores

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Actualizada: 
22 de diciembre de 2023

¿Puedo obtener una orden retroactiva de manutención de hijos?

La “manutención retroactiva” se refiere a la manutención de hijos/as por un período de tiempo antes de la presentación de la petición para la manutención. En algunos casos, es posible que un/a juez/a ordene que el/la padre/madre que no tiene custodia pague manutención retroactiva. Se puede basar la cantidad de la manutención en:

  • cuánto el/la padre/madre que no tiene custodia habría tenido que pagar bajo las directrices para la manutención de hijos/as que había en ese entonces; o
  • “la cantidad justa” para el/la padre/madre que no tiene custodia del dinero que se gastó para cuidar a el/la hijo/a durante ese período de tiempo.1

Se puede pagar la manutención retroactiva o al estado o a el/la padre/madre que tiene custodia, dependiendo de la situación.

Es necesario pagarle la manutención retroactiva al estado si un/a padre/madre tenía una obligación legal de mantener a el/la hijo/a mientras el/la padre/madre que tiene custodia recibía asistencia pública (beneficios) para el/la hijo/a.2 Esencialmente, el pago reembolsa al estado por el dinero gastado al proporcionar asistencia pública.

También es posible que haya que pagarle la manutención retroactiva directamente a el/la padre/madre que tiene custodia (el/la padre/madre con quien el/la hijo/a vivía principalmente durante ese período de tiempo).

1 Vea las Guías de Manutención de Menores de Carolina del Norte
2 NCGS § 50-13.4(a)(b)(c)