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Actualizada: 
22 de diciembre de 2023

Si el otro padre provee seguro médico para mi hijo, ¿voy a ser informado de los cambios en el seguro?

Sí. El padre ordenado a proveer seguro de salud debe proporcionar una notificación por escrito de cualquier cambio en la cobertura del seguro al otro padre. Además, la empresa empleadora o de seguros que ofrece la cobertura del seguro se supone que le dará cualquier información que necesite acerca de la cobertura si usted lo solicita por escrito.1 Cuando un padre no custodio ordenado a proveer seguros de salud cambia puesto de trabajo, se supone que le diga al nuevo empleador que debe inscribir a su hijo en el plan de seguro de salud.2

1 NCGS § 50-13.11(b), (c)
2 NCGS § 50-13.11(f)