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Información Legal: Carolina del Norte

Confidencialidad

Actualizada: 
22 de diciembre de 2023

¿Se mantiene confidencial la información que comparto con un consejero en un programa de violencia doméstica?

Si usted habla con un/a consejero/a en un programa de violencia doméstica o de violencia sexual (incluyendo línea de crisis, albergue, programa de ayuda en el tribunal, etc.) acerca de maltrato emocional o físico, violencia sexual, o cualquier experiencia de violencia doméstica, el/la consejero/a tiene que mantener esa información confidencial. Esto significa que el/la consejero/a no puede decirle a otras personas de la comunidad acerca de su situación (tales como proveedores de servicios médicos, abogados/as, personal de la escuela, etc.). No importa si el/la consejero/a es voluntario/a o empleado/a pagado/a; él/ella tiene que mantener la información privada a menos que usted le dé autorización para revelarla.1

Si usted da permiso para que el/la consejero/a comparta o discuta su información, debe hacerlo por escrito – esto se llama consentimiento por escrito. En el consentimiento escrito, usted puede decir específicamente con quién el/la consejero/a puede compartir su información. Además, usted puede poner un tiempo límite al consentimiento. Por ejemplo, usted puede decir que el consentimiento es válido solamente por 30 días. Después de esos 30 días el/la consejero/a nuevamente tiene que mantener la información privada. Aún así, existen situaciones en las que el privilegio de confidencialidad no aplicará y el/la consejero/a puede revelar la información que usted le dé. Para más información, vea ¿Existen circunstancias en las que el consejero puede revelar mi información en contra de mis deseos?

1 N.C.G.S. § 8-53.12(b)