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Preparándose para la Corte: Montana

State Gun Laws

Actualizada: 
20 de diciembre de 2023

Tengo una orden de protección temporal o final en contra de la persona agresora. ¿Puede quedarse con un arma de fuego o comprar una nueva?

En una orden temporal de violencia doméstica de Montana, el/la juez/a tiene la opción de prohibirle a el/la demandado/a poseer o usar un arma de fuego si se usó en una agresión en contra de usted. Sin embargo, eso solo le aplicaría específicamente al arma utilizada, no a todas las armas.1

Hay restricciones adicionales cuando se trata de conseguir una licencia para portar un arma oculta. La persona que solicita no debe ser “inelegible para tener, poseer o recibir un arma de fuego según la ley federal”,2 que significa que la persona que solicita no puede tener una orden de protección final en su contra que cumpla con los requisitos federales

1 Mont. Code §§ 40-15-201(1), (2); 40-15-204(3)
2 Mont. Code § 45-8-321(1)(a)

¿Hay algo que pueda hacer para que sea más probable que le quiten el arma de fuego al agresor cuando me den una orden de protección?

Aunque no es necesario que en su orden de protección esté escrito que el/la agresor/a no puede comprar o tener un arma de fuego para que se haga cumplir la ley federal, el que esté escrito puede hacerlo más fácil. Hay algunos pasos que puede tomar para intentar aclarar esto:

  1. Si el/la agresor/a tiene un arma de fuego, asegúrese de solicitar en su petición para la orden de protección que le quiten las armas y se queden con ellas mientras su orden esté vigente. Puede escribir esto en la sección “Otro” de lo que le está pidiendo a el/la juez/a que haga. Es posible que también quiera escribir cuántas armas tiene el/la agresor/a y si alguna vez le ha amenazado con alguna.
  2. Pídale a el/la juez/a que escriba en su orden de protección que el/la agresor/a no puede comprar o tener un arma de fuego mientras la orden esté vigente. Probablemente haya un encasillado en el documento para que el/la juez/a lo marque.
  3. Antes de irse de la corte, verifique que la restricción de armas de fuego esté escrita (o marcada) en su orden. También puede servirle de ayuda si el/la juez/a explica lo que pasará con las armas de el/la agresor/a, quién se quedará con ellas y dónde estarán guardadas una vez que usted salga de la corte, y el plazo de tiempo en el que las armas deberán ser entregadas. Si el/la juez/a está de acuerdo en añadir lenguaje que diga que el/la agresor/a no puede quedarse con sus armas de fuego mientras la orden de protección esté vigente, es posible que quiera pedirle a el/la juez/a que:
  • requiera que el/la agresor/a le entregue sus armas de fuego a la policía, o que la policía vaya a la casa de el/la agresor/a y las busque;
  • le aclare tanto a usted como a el/la agresor/a por cuánto tiempo se le quitarán las armas de fuego a el/la agresor/a;
  • ordene que la policía le notifique a usted cuando se le devuelvan las armas de fuego a el/la agresor/a.